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Ley de Educación de Baja California (Capítulo IV De la planeación y…
Ley de Educación de Baja California
Las normas de esta ley son de orden público e interés social, sus disposiciones regirán en el Estado de Baja California y tienen por objeto regular la educación que imparta el Estado y sus municipios.
Capítulo VIII De las fracciones, las sanciones y el recurso administrativo
Articulo 89 Para determinar sanciones se consideran las circunstancias en que se cometió la infracción
Artículos 90-91-92-93-94
Capítulo II Atribuciones del ejecutivo, del Estado y los ayuntamientos en materia educativa
Articulo 18 El Estado otorgara un salario para los docentes
Artículo 23 Educación inicial
Capítulo I
Artículo 3o. La educación es un medio fundamental, para que en la libertad y la solidaridad se formen y desarrollen íntegramente los seres humanos.
Capítulo IV De la planeación y evaluación educativa para el desarrollo del Estado
Art. 50 Administrar, planear, organizar y vigilar el desarrollo educativo en el Estado
Asociaciones de padres de familia: se abstendrán de intervenir en los aspectos administrativos, técnico, pedagógicos y laborales de los establecimientos educativos.
Art. 65-66-67
Capítulo VI De la educación que impartan las personas físicas o morales particulares
Artículos 76- 79- 80
Capítulo VII De la validez oficial de estudios y de la certificación de conocimientos
Articulo 86 Expedir certificados, constancias o diplomas
Articulo 81 Los estudios realizados dentro del Sistema Educativo Estatal por formar parte del Sistema Educativo Nacional tendrán validez en todo la república.
Artículo 6o. Todos los habitantes del Estado tienen derecho a recibir educación
Artículo 5o. El ejecutivo estatal esta obligado a prestar servicios educativos suficientes a todos los habitantes del Estado.
Articulo 7o. Educacion gratuita
Art. 10 Educación laica,
Art. 14 El español como lengua materna y promover en educación básica el estudio del idioma ingles
Referencia:
Gobierno del Estado de Baja California(1995). Ley de educación del Estado de Baja California.
Joseline Noemi Fortanel Ramírez 359772