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NORMATIVA (Decreto supremo 4200 (Artículo 7 producción y abastecimiento
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NORMATIVA
Decreto supremo 4200
Artículo 7 producción y abastecimiento
Las fábricas de comida deberán trabajar normalmente de lunes a sábado para abastecer a la población
Artículo 8 medios de pago
Los bancos trabajarán de 8 a 1 de lunes a sábado para los pagos de bonos y sueldos correspondientes
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Artículo 9 deber de colaboración
Los trabajadores en salud y funcionarios públicos deberán ayudar a controlar esta pandemia
Artículo 5 circulación
La circulación de personas será de 7 a m a 12 del mediodía sólo las personas de 18 a 60 años podrán salir para el abastecimiento por el orden numérico de CI.
Artículo 10 pago de reducción de tarifas eléctricas y agua potable
Hasta el mes de junio se pagará la electricidad de todos los bolivianos a una tarifa de menor a 120 bolivianos y el 50% de agua potable hasta el mes de junio
Artículo 4 medidas
Queda prohibido la circulación de motorizados, portar arma de fuego y la aglomeración y reuniones sociales
Artículo 11 canasta familiar
Se dará un subsidio a cada familia boliviana con los productos necesarios
Artículo 3 defensa de la salud
las fuerzas armadas y la policía boliviana deberán contribuir al orden público para hacer cumplir las normas
Artículo 12 rectoría de Salud
Los trabajadores en salud deberán acatar y cumplir con la normativa que pone SEDES
artículo 2 nuevas medidas y vigencia
Se declara emergencia sanitaria a partir del día jueves 26 de Marzo hasta el 14 de abril del presente año
Artículo 13 incumplimiento y sanción
Se sancionará con una multa de 1000 bs a los que incumplan la cuarentena y 2000 bs a motorizados
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Decreto Supremo 4199
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Artículo 5
Medios de pago
El Banco Central de Bolivia tendrá que garantizar a la población el circulamiento de la moneda y billete boliviano
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Artículo 3
Prohibiciones
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Los policías y las fuerzas armadas resguardarán a la población y harán cumplir el orden y los decretos
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Artículo 2
Se declara cuarentena nacional a partir de las 00 horas del domingo 22 de marzo de 2020 hasta el 4 de abril de 2020
Artículo 7
Incumplimiento
Las personas que incumplan esta cuarentena pagarán una multa de 500 bolivianos y 8 horas de arresto, para movilidades con una multa de 1.000 bolivianos
Artículo 1
Tiene por objetivo declarar cuarentena total en todo el estado plurinacional de Bolivia contra el contagio del coronavirus
Decreto supremo 4198
los artículos 35 y 37 de la constitución política del Estado determina que el estado protegerá la salud y garantiza los derechos a la salud