La asociación puede definirse como la reunión mas o menos permanente de dos o más individuos, con un fin lícito, que sea preponderante mente no económico. La asociación es una persona jurídica, nace del contrato, constituye una enteramente transitoria de dos o mas individuos, y realiza un fin común que no sea preponderantemente enconómico y que esté permitido por la ley. Las hay por fines políticos, científicos, artísticos de recreo, entre otros.