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Análisis critico y constructivo de la declaración del estado de…
Análisis critico y constructivo de la declaración del estado de interdiccion.
III. Antecedentes.
A. Roma
sujeto de derechos eran los libre, ser romanos y ser paterfamilias
B. Evolución en el derecho positivo mexicano.
Código de 1870 se legislo sobre el estado de interdiccion y hasta el código civil de 1928 el procedimiento de interdiccion, quedo regulado en art. 920, 904 y 905. y la tutela tiene mas a la protección de la persona incapaz
I. Introducción.
Interdicto.
estado jurídico de una
persona
que careciendo de las aptitudes generales para gobernarse y administrar sus bienes, es
declarada incapaz por sentencia judicial
y sometida a la guarda de un
tutor o tutriz
( quien cuidara de la persona incapaz mayor de edad, administrara sus bienes y la representara en todos los actos jurídicos.
Curador
, vigilar la actuación del tutor.
incapacidades descritas
en la fracción II del articulo 450 del Codigo Civil
2 clases de substanciacion,
Voluntaria
Oposición.
II. Concepto de interdiccion.
A. Etimología de la palabra interdiccion.
significa prohibición.
B. Acepción jurídica de la interdiccion
persona presuntamente incapaz, disminuido en inteligencia, aunque tenga intervalos o persona con afección originada por enfermedad o deficiencia de carácter físico, psicológico o sensorial o adicción a sustancias toxicas , alcohol u otro. Art 450 del C Civil fracc. II
C. Naturaleza jurídica del llamado "Estado de Interdiccion"
Objeto la protección de la persona y los bienes del mayor de edad que ha caído en estado de incapacidad, designandole un tutor y un curador
IV. Procedencia de la declaración del estado de interdiccion.
A. Análisis critico y constructivo.
Los supuestos que proceden para la declaración del Estado de Interdiccion se contemplan en art. 450 del Código Civil.
Diario oficial 1992 estableció que tienen incapacidad natural y legal, los menores de edad y los mayores de edad disminuido en ... El C P Civiles titulo 15 art 904 y 905 prevee dos tipos de sustanciación: el voluntario y el de oposición
V. Conclusiones.