La base imponible es: En las transferencias de bienes: la constituye el precio. Dicho precio se integrarácon todos los importes cargados al comprador o prestatario, como las prestaciones
accesorias que realice el contribuyente y que beneficie al adquirente, tales como
transporte, flete, envases, interés por financiamiento, ya sea que se facturen en forma
conjunta o separada