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Resolución 1016 (1989) Seguridad Social Y De Salud (Articulo 1 (Todos los…
Resolución 1016 (1989) Seguridad Social Y De Salud
Articulo 1
Todos los empleadores están obligados a organizar y garantizar el funcionamiento de un programa de Salud Ocupacional.
Articulo 2
consiste en la planeación, organización, ejecución y evaluación de las actividades de Medicina Preventiva, Medicina del Trabajo, Higiene industrial y seguridad industrial
Articulo 3
podrán ser realizados de acuerdo con:
En conjunto con otras empresas.
Contratados con una entidad que preste tales servicios
Exclusivos y propios para la empresa.
Articulo 4
deberá desarrollarse de acuerdo con su actividad económica y será específico y particular para éstos, de conformidad con sus riesgos reales o potenciales y el número de trabajadores.
Articulo 5
estará constituido por:
Subprograma de Medicina Preventiva
Subprograma de Medicina del Trabajo
Subprograma de Higiene y Seguridad Industrial
Funcionamiento del Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial
Articulo 6
Los programas de Medicina y seguridadIndustrial de las empresas contarán con los servicios de personal que garanticen la eficiencia del Programa de Salud Ocupacional.
Articulo 7
cobertura efectiva en todas las jornadas.
Articulo 8
Los requisitos mínimos de las personas se acreditarán mediante la respectiva autorización impartida por la autoridad competente
Articulo 9
la contratación de los servicios de Salud Ocupacional con una empresa especialmente dedicada no implica el traslado de las responsabilidades
Articulo 10
subprogramas de medicina preventiva y del trabajo son :
Realizar exámenes médicos, clínicos y paraclínicos
Desarrollar actividades de vigilancia epidemiológica
Enfermedades profesionales
Panorama de riesgos
Accidentes de trabajo.
Desarrollaractividadesdeprevencióndeenfermedades
profesionales
Investigar y analizar las enfermedades ocurridas
Informar a la gerencia sobre programas de salud a los trabajadores y las medidas aconsejadas para la prevención
Estudiar y conceptuar sobre la toxicidad de materias primas y sustancias en proceso
Organizar e implantar un servicio oportuno y eficiente de primeros auxilios
Promover y participar en actividades encaminadas a la prevención
Colaborar con el comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industria
Realizar visitas a los puestos de trabajo para conocer los riesgos relacionados con la patología laboral
programas para la prevención detección y control de enfermedades relacionadas o agravadas por el trabajo
programas para la prevención y control de enfermedades generales por los riesgos psicosociales
Elaborarymanteneractualizadaslasestadísticasdemorbilidadymortalidaddelostrabajadores
Coordinar y facilitar la rehabilitación y reubicación de las personas con incapacidad temporal
Elaborar y presentar a las directivas de la empresa, para su aprobación, los subprogramas de Medicina preventiva y del Trabajo
Promover actividades de recreación y deporte.
Articulo 11
subprograma de Higiene y seguridad Industrial son:
Elaborar un panorama de riesgos para obtener información sobre éstos en los sitios de trabajo dela empresa
Identificar los agentes de riesgos físicos, químicos, biológicos, psicosociales, ergonómicos, mecánicos, eléctricos, locativos y otros agentes contaminantes
Evaluar con la ayuda de técnicas de medición y cuantitativas, la magnitud de los riesgos
Conceptuar sobre proyectos de obra, instalaciones industriales y equipos en genera
Inspeccionar y comprobar la efectividad y el buen funcionamiento de los equipos de seguridad
Estudiar e implantar los sistemas de control requeridos
Conceptuar sobre las especificaciones técnicas de los equipos y materiales
Establecer y ejecutar las modificaciones en los procesos u operaciones en las materias primas peligrosas
Estudiar e implantar los programas de mantenimiento preventivo de las máquinas
Diseñar y poner en práctica los medios de protección efectiva
Inspeccionar periódicamente las redes e instalaciones eléctricas locativas
Supervisar y verificar la aplicación de los sistemas de control de los riesgos ocupacionales en la fuente y en el medio ambiente
Analizar las características técnicas de diseño y calidad de los elementos de protección persona
Investigar y analizar las causas de los accidentes e incidentes de trabajo
Elaborar, mantener actualizados y analizar las estadísticas de los accidentes de trabajo
Delimitar o demarcar las áreas de trabajo, zonas de almacenamiento y vías de circulación
Organizar y desarrollar un plan de emergencia teniendo en cuenta las siguientes ramas:
RAMA PASIVA O ESTRUCTURAL
RAMA ACTIVA O CONTROL DE LAS EMERGENCIAS
RAMA PREVENTIVA
Estudiar y controlar la recolección, tratamiento y disposiciones de residuos y desechos
Promover, elaborar, desarrollar y evaluar programas de inducción y entrenamiento
Asesorar y colaborar con el comité de Medicina
Elaborar y promover conjuntamente con los subprogramas de Medicina Preventiva y del Trabajo
ElaborarypresentaralasdirectivasdelaempresaparasuaprobaciónelsubprogramadeHigieney Seguridad Industrial
Articulo 12
Los comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial se constituirán y funcionarán de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
Articulo 13
según su jurisdicción así
Los de la jurisdicción del Distrito Especial de Bogotá
Los de la jurisdicción de las capitales de departamento
Los de la jurisdicción municipal, intendencial y comisarial ante las inspecciones
Articulo 14
mantener actualizados los siguientes registros mínimos :
Listados de materias primas y sustancias empleadas en la empresa.
Agentes de riesgos por ubicación y prioridades.
Relación de trabajadores expuestos a agentes de riesgo.
Evaluacióndelosagentesderiesgosocupacionalesydelossistemasdecontrolutilizados.
Relación discriminada de elementos de protección personal
Recopilaciónyanálisisestadísticodeaccidentesdetrabajoyenfermedades
Ausentismo general, por accidentes de trabajo, por enfermedad
ResultadosdeinspeccionesperiódicasinternasdeSaludOcupacional
Cumplimiento de programas de educación y entrenamiento
Historiaocupacionaldel trabajador
Planes específicos de emergencia y actas de simulacro en las empresas
Articulo 15
se tendrán como indicadores los siguientes aspectos:
Índices de frecuencia y severidad de accidentes de trabajo
Tasas de ausentismo general
Tasas específicas de enfermedades profesionales
Grado de cumplimiento del programa de Salud Ocupacional
Articulo 16
será evaluado por la empresa como mínimo cada seis meses y reajustará cada año, de conformidad con las modificaciones en los procesos y resultados
Articulo 17
Las autoridades competentes exigirán los programas de Salud Ocupacional, dentro de los siguientes términos establecidos
Seis(6)mesesparalasempresasde100omástrabajadores.
Doce(12)mesesparalasempresasde25a99trabajadoresinclusive.
Dieciocho(18)mesesparalasempresasdemenosde25trabajadores.
Articulo 18
Artículo dieciocho. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.