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domicilio (CODIGO CIVIL (Art.27 (PROTECCION, Esta en la persona de quien…
CODIGO CIVIL
Art.27
Esta en la persona de quien se encuentra a cargo
Art. 28
Art. 26
Art.29
se establecerá a lo que dispone el Código de Familia
Art 25
Se consideran domiciliadas en el lugar donde se encuentran
Art.30
Art. 24
Está en el lugar donde tiene su residencia principal
CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO
Art.63
Art. 151
Art. 62
Art. 25
Art. 371
Importancia
Para ejercer sus derechos
cumplir sus oblicaciones
CASTRO TOLA TANIA
CHAVEZ BEATRIZ
CUBA SANJINEZ ROXANA
FUENTES FLORES DAYANA