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ACCIÓN Y EXCEPCIÓN DE COSA JUZGADA (PARALELO (Sentencias de que proceden,…
ACCIÓN Y EXCEPCIÓN DE COSA JUZGADA
SENTENCIA FIRME
Artículo 174 Código de Procedimiento Civil
CONCEPTOS
Couture
la cosa juzgada es un atributo de la jurisdicción porque hace que la sentencia no pueda ser revisada y porque es coercible
la excepción de cosa juzgada implica, en general, que no puede discutirse nuevamente lo ya resuelto. Se enfoca entonces en la inmutabilidad del contenido de la sentencia
Romero Seguel
PARALELO
Sentencias de que proceden
La acción solo emana de aquellas sentencias que requieran el cumplimiento de alguna prestación
La excepción emana de toda sentencia ejecutoriada
Procedencia
La acción emana de las sentencias ejecutoriadas o que causan ejecutoria
La excepción siempre requiere que la sentencia quede firme
Fundamento
La acción apunta a la coercibilidad
La excepción apunta a la inmutabilidad
Legitimación activa
La acción corresponde a las partes y solo excepcionalmente a terceros en la protección de intereses difusos
La excepción puede invocarse por las partes o por terceros (efecto reflejo)
Regulación normativa
Legitimación pasiva
Corresponde a las partes y a terceros
Vías
La acción puede requerir medios compulsivos
La excepción se hace valer por mecanismos como excepciones o recursos
Prescripción
La acción es, generalmente, prescriptible
La excepción es imprescriptible
EXCEPCIÓN
Fudamentos
La seguridad jurídica
Evitar el dictamen de sentencias contradictorias
Caracteres
Normalmente debe alegarse, pero puede declararse de oficio
Es imprescriptible
Pereira Anabalón refería que corresponde al instrumento del que se vale la parte demandada en juicio para invocar la inmutabilidad de la sentencia y enervar o destruir la pretensión de la demanda.
Titulares
El litigante en el proceso anterior, normalmente el que obtuvo sentencia favorable
todo aquel sujeto de derecho a quien aproveche la sentencia del proceso anterior, en virtud del efecto reflejo (terceros)
Mecanismos de ejercicio
Recurso de apelación
Recurso de casación en la forma
Recurso de casación en el fondo
Causal absoluta de nulidad penal
Excepción dilatoria
La acción de revisión
Límites
Identidad legal de personas
Efectos absolutos
Efectos relativos
Protección de intereses difusos
Límites objetivos
Cosa pedida (objeto)
el objeto corresponde al beneficio jurídico que se reclama y al que se pretende tener derecho, de modo que recae sobre la prestación material
Causa de pedir (fundamento del derecho que se reclama)
Límites temporales
Límites territoriales