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ÓRDENES DE SUCESIÓN (DESCENDIENTES (Hijos cuya filiación es determinada…
ÓRDENES DE SUCESIÓN
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Al adoptado, en ciertas circunstancias
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En general, el cónyuge llevará el doble de los ascendientes
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Si hay un hijo, recibe el equivalente a la legítima rigorosa o efectiva del hijo
Si hay hasta 6 hijos, recibirá el doble de éstos
En general, recibe el doble que los descendientes
Si hay 7 o más, no puede recibir menos de la cuarta parte de la herencia o de la mitad legitimaria, según el caso
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