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SUCESIÓN INTESTADA Y DERECHO DE REPRESENTACIÓN (REPRESENTACIÓN Y …
SUCESIÓN INTESTADA Y DERECHO DE REPRESENTACIÓN
APLICACIÓN
Cuando sí dispuso, pero no lo hizo conforme a derecho
Cuando la disposición no ha tenido efecto
Cuando el difunto no dispuso de sus bienes
CARACTERES
El derecho del representante emana de la ley, no del representado
El representante debe ser digno y capaz respecto del causante
Se puede representar a la persona cuya herencia se ha repudiado
El representado indigno no transmite el vicio de indignidad
No se atiende al origen de los bienes, sexo ni primogenitura
REPRESENTACIÓN
Efectos
Sucesión por estirpes (esta se aplica en la representación)
Sucesión por cabezas
Requisitos
Solo opera en la línea descendiente, pero no en la ascendiente
Sólo opera en los órdenes de sucesión del Art.986
Debe tratarse de una sucesión intestada
Excepciones
En las legítimas
Asignación dejada indeterminadamente a los padres
Es necesario que falte el representado
REPRESENTACIÓN Y
TRANSMISIÓN
La transmisión se aplica a toda sucesión, la representación solo a la abintestato
El transmitente debe sobrevivir al causante, pero el representado puede fallecer antes que el causante
El derecho del representante emana de la ley, y el del transmitido de su calidad de heredero
Por transmisión puede adquirir cualquier persona que tenga la calidad de heredero, pero en la representación solo las personas del art. 986
En la transmisión se aplican las reglas generales y la representación es una ficción legal