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SEPARACIÓN TOTAL DE BIENES (SEPARACIÓN JUDICIAL (Causales (Interdicción,…
SEPARACIÓN TOTAL DE BIENES
CONCEPTO
Naturaleza
No es un régimen patrimonial
CLASIFICACIÓN DE LA SEPARACIÓN DE BIENES
Según su extensión
Total
Parcial
Según su origen
Judicial
Es siempre total
Legal
Puede ser total o parcial
Convencional
Puede ser total o parcial
SEPARACIÓN JUDICIAL
Causales
Interdicción, prolongada ausencia o desaparecimiento del marido que provoca el nombramiento de un curador al que la mujer no se quiere someter
Incumplimiento culpable de las obligaciones del marido
Incurrir el marido en alguna causa de separación judicial
Ausencia injustificada del marido o separación de hecho por más de un año
Insolvencia del marido o alguno de los cónyuges (régimen de participación)
Administración fraudulenta del marido
Administración errónea o descuidada del marido
Apremios al marido o cualquiera de los cónyuges por no pago de pensiones alimenticias
Caracteres
Procede tanto en la sociedad conyugal como en la participación en los gananciales
En la sociedad conyugal solo puede pedirlo la mujer
Es una facultad irrenunciable de la mujer
Es imprescriptible
La mujer debe probar la causa de la separación
Es irrevocable
Causales son de derecho estricto
Efectos
La mujer recupera la administración de sus bienes propios
Disuelve el régimen de sociedad conyugal o participación en los gananciales
SEPARACIÓN LEGAL
Por sentencia de separación judicial (matrimonial) entre cónyuges
Por matrimonio celebrado en país extranjero
SEPARACIÓN CONVENCIONAL
Caracteres
No admite modalidades
Es irrevocable
Es inoponible a terceros perjudicados
Efectos
En general, los mismos que la separación judicial de bienes
Pero, los cónyuges sÍ pueden ser curadores entre sí
Requisitos
La escritura debe subinscribirse al margen de la inscripción de matrimonio
La subinscripción debe realizarse dentro del plazo fatal de 30 días
El pacto debe otorgarse por escritura pública
Si uno de los cónyuges es comerciante, debe subinscribirse en el Registro de Comercio
Los cónyuges deben ser mayores de edad