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NIA 240 RESPONSABILIDADES DEL AUDITOR EN LA UDITORIA DE EEFF CON RESPECTO…
NIA 240 RESPONSABILIDADES DEL AUDITOR EN LA UDITORIA DE EEFF CON RESPECTO AL FRAUDE
OBJETIVOS DEL AUDITOR
identificar y valorar los riesgos de incorrecion material(declaraciones equivocadas) en los EEFF debido al fraude
implementar respuestas apropiadas
obtener evidencia de auditoria suficiente y adecuada de los riesgos valorados de incorrección material
caracteristicas del fraude
el fraude da lugar a declaraciones equivocadas en los EEFF
incorrecciones intencionas
declaraciones debidas a la información financiera fraudulenta
declaraciones debidas a una apropiación indebida de activos
el auditor no determina un fraude desde un punto legal
la opinión del auditor no debe ser incendiaria ni expresada en forma negativa ya que no le corresponde emitir juicios legales
responsabilidad
Gobierno de la entidad y direccion
de la
prevención y detección del fraude
mediante
el compromiso de crear una cultura de honestidad y comportamiento ético
SUPERVISION ACTIVA
prever la elusión de controles
manipulación de resultados
auditor
de la
obtencion de una SEGURIDAD RAZONABLE
libres de declaraciones equivocadas debidas al fraude
Requerimientos
el auditor mantendra una actitud de ESCEPTICISMO PROFESIONAL
durante
TODA la auditoria
evaluación de factores de riesgo de fraude
el auditor evalúa situaciones como estas:
la necesidad de satisfacer las expectativas de terceros para obtener fondos propios
la concesión de primas significativas
existencia de un incentivo o elemento de presión
percepción de una oportunidad de cometer fraude
la capacidad de racionalizar la acción fraudulenta
Documentación
decisiones significativas
riesgos identificados y valorados de incorrección material
las respuestas globales de riesgos valorados de incorrección material
los resultados de los procedimientos de auditoria
las comunicaciones sobre fraude que haya realizado a Dirección, responsables del gobierno de la entidad, autoridades reguladoras y a otros.
las razones de porque no es aplicable la presunción de riesgo de incorrección material debida al fraude