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La educación especial en Costa Rica (Antecedentes (El 20 de abril de 1998…
La educación especial en Costa Rica
Antecedentes
En 1939 nace la primera escuela de enseñanza especial.
El 15 de marzo de 1944 se declara de interés público la educación de niños con algún tipo de trastorno mental o físico.
En 1940 se reconoce la importancia de que los niños con necesidades educativas recibieran un abordaje especializado.
En Costa Rica hay 22 centros de educación especial.
En 1957 se definió el deber ser de la educación especial en Costa Rica.
En 1970 se definen ámbitos específicos en la carrera docente, con respecto a la formación de docentes de educación especial.
En 1975 se crean las asesorías regionales de problemas de aprendizaje.
El 29 de mayo de 1996 se publica la Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad.
Artículo 27. "La Educación Especial es el conjunto de apoyos y servicios a disposición de los estudiantes con necesidades educativas especiales, ya sea que los requieran temporal o permanentemente..."
Artículo 29. "Los centros educativos deberán suministrar a sus estudiantes y a los padres la información necesaria para que participen, comprendan y apoyen el proceso educativo."
El 20 de abril de 1998 se publica el Decreto N° 26831-MEP con incluye a la Ley 7600.
Se crean los Equipos Regionales Itinerantes, que dan capacitación y seguimiento a los Comités de Apoyo Educativos dentro de las instituciones educativas.
Se crean los Comités de Apoyo Educativo, que determinan los apoyos que requieren los estudiantes con necesidades educativas especiales.
Se establecen los docentes de apoyo, quienes apoyan a los docentes a cargo para que el estudiante pueda llevar su proceso educativo de manera exitosa.
Marco Internacional
El referente más importante es la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
En 1982 la ONU define el Programa de Acción Mundial para las Personas con Discapacidad, que busca la igualdad y el mejoramiento de la calidad de vida de las personas con discapacidad.
En 1989 la ONU crea la Convención de los Derechos del Niño, que vela por las necesidades de las niñez.
En 1993 la ONU establece las Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad.
En 2001 los países iberoamericanos constituyen la Red Intergubernamental Iberoamericana de Cooperación para Educación de Personas con Necesidades Educativas Especiales.
En el 2004, en Costa Rica, surge la Declaración Mesoamericana de Educación Inclusiva.
En 2006 se constituye la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Marco Nacional
Se establece en 1996 la Ley 7600 de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad.
Y en 1998 se adopta en el MEP a través del Decreto N° 26831.
Para garantizar los derecho de las niñez y la adolescencia, se establece el Código de la Niñez y la Adolescencia, con la Ley 7739.
El MEP establece en 1997 las Políticas, Normativa y Procedimientos para el Acceso a la Educación de los Estudiantes con Necesidades Educativas Especiales.
En 2008 Costa Rica adoptó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad como la Ley 8661.
Referentes conceptuales
Enseñanza Especial
Sector de la pedagogía que engloba toda la enseñanza general o profesional destinada a los disminuidos físicos o mentales, a los inadaptados sociales y a toda otra categoría especial de niños.
Educación Especial
Disciplina científica de carácter multidisciplinar en vías de desarrollo que va generando un cuerpo teórico de conocimiento y un ámbito de investigación e invención propios.
Modelos, enfoque y paradigmas
El modelo tradicional posee una marginación orgánica, funcional y social de las personas con discapacidad.
El modelo rehabilitador trabaja en función de los roles de dependencia y dominación, donde el profesional dirige la vida de la persona con discapacidad.
El modelo social permite a las personas con discapacidad decidir y tomar la dirección de sus propias vidas. La barrera en sus derechos la impone el entorno físico y social.
Se aborda la discapacidad dentro del marco de los derechos humanos, desde una perspectiva innovadora e inclusiva.
Este modelo surge de diversos antecedentes como: El movimiento REI en Estados Unidos.
El abandono de la visión determinista sobre la discapacidad.
La reformulación de la idea de discapacidad.
El surgimiento el movimiento pedagógico de la educación pluricultural.
El creciente reconocimiento de la diversidad.
La renovación de la educación especial.
Educación inclusiva
Es una educación para todos los y las alumnas, sin exclusiones, que se opone a cualquier forma de discriminación en el ámbito educativo.
Asume la educación como un derecho humano, que involucra a toda la comunidad educativa, siendo concebida para atender la diversidad estudiantil, y se preocupa por los estudiantes que enfrentan barreras en el aprendizaje.
Implica cambios en el sistema educativo, en el cual la sociedad debe participar activamente, modificando el ambiente escolar, la oferta curricular y la organización del aula para permitir el acceso de las personas con discapacidad.
Enfoques curriculares
Debe tener por objetivos:
a) Incorporar todos los valores, competencia y conocimiento que el país desea que sus jóvenes adquieran.
b) Ofrecer una educación de calidad para todos sus educandos.
El currículo debe estar bien estructurado, ser inclusivo, flexible y que permita el desarrollo de habilidades a niveles mínimos, para poder evaluar el avance de todos los educandos.
Se debe propiciar que todos los educandos sean capaces de descubrir y entender por sí mismos lo que deben aprender.
Nuevas concepciones y desafíos hacia una propuesta fundamentada en los apoyos
La discapacidad no es fija ni dicotomizada, pues dependen de la persona y del ambiente en en el que se desenvuelva.
Para reducir las limitaciones de la persona con discapacidad radica en proveer servicios o apoyos centrados en la conducta adaptativa y el papel de la sociedad.
El concepto actualizado de retraso mental se entiende como una discapacidad caracterizada por limitaciones significativas en el funcionamiento intelectual y la conducta adaptativa. Comienza antes de los 18 años.
Comprende 5 dimensiones que deben ser abordadas como método de inclusión:
Dimensión I: Habilidades intelectuales.
Dimensión II: Conducta adaptativa.
Dimensión III: Participación, interacciones y roles sociales.
Dimensión IV: Salud.
Dimensión V: Contexto.
Las personas con alguna discapacidad deben recibir sus propios perfiles de necesidades de apoyos, creados en base a sus necesidades específicas y no de manera generalizada.
Para realizarlo de manera adecuada se debe:
Identificar las áreas relevantes de apoyo.
Identificar las actividades de apoyo relevantes para cada área. Valorar el nivel o intensidad de las necesidades de apoyo.
Escribir el plan individualizado de apoyos que requiere el individuo.
Existe el desafío de abordar una nueva política de educación especial en Costa Rica, que permita incluir a las poblaciones tradicionalmente excluidas.