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Peritaje legal (Perito Médico (Clasificación (Según la especialidad sobre…
Peritaje legal
Perito Médico
Es el profesional médico que es
designado por la autoridad judicial con el fin de asesorar sobre aspectos vinculados a los conocimientos
Auxiliar de la Justicia
es un tercero llamado al juicio para suministrar
esclarecimiento sobre hechos cuya verificación e interpretación requieren conocimientos especiales en alguna ciencia, arte o industria
Es el informe que se presenta ante la autoridad juidicial, con objeto de responder cuestiones que escapan al conocimiento del juzgaro
Denominaciones
Pericial, Pericia médica, Dictamen pericial o medicolegal, Pericia médicolegal, Informe pericial, Peritación médicolegal
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Estructura
PROMEIO parte inicial incluye nombre, número de matrícula, domicilio, especialidades que posee y objeto por el que fue designado.
ANTECEDENTES DE INTERÉS MÉDICOLEGAL, son los elementos con que cuenta el perito para hacer su trabajo de tipo documental
ESTUDIO MEDICOLEGAL es el substracto por el que se hace el informe, incluye examen clínico, complementarios y si es cadaver la autopsia
CONSIDERACIONES MÉDICOLEGALES el perito con claridad da los fundamentos diagnósticos que emite y los diferenciales
CONCLUSIONES es la parte final en la que se consigna el diagnóstico en base a las consideracions precedentes.
Clasificación
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- Su carácter o procedencia
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- Según el Fuero en que actúen
Actúan ya que pueden participar dilucidando cuestiones de índole penal, civil, laboral, previsional
entre las más frecuentes
- Según la especialidad sobre la que asesoran
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En el fuero civil
Aplicación de las normas respecto del falso testimonio a las que nos referimos anteriormente a)Reciben el nombre de consultores técnicos b)Artículo 471 establece que la pericia estará a cargo del perito designado por el juez mientras que los consultores técnico sólo podrán presenciar las operaciones técnicas que se realicen y formular observaciones
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En el fuero penal
Art 275 será reprimido con prisión al perito o interprete que afirme falsedad. Si el falso testimonio se comete en causa criminal la pena es de 1-10 años.
Excusación según artículo 255, 55 y 58
Si hubiere manifestado extrajudicialmente su opinion, Si tuviere enemistad o manifiesta amistad.
Si hubiere recibido o reciba beneficios. Fuere pariente, tutor o curador, tuviere juicio pendiente, fuere acreedor, deudor o fiador
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