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T8: DECLARACIONES TRIBUTARIAS (EXTEMPORÁNEAS (27 LGT) (extemp. a devolver …
T8: DECLARACIONES TRIBUTARIAS
qué son
119 LGT: documento --->cualquier hecho relevante
no implica que quiera pagar
ni que la AEAT se crea lo que declaro
Autoliquidaciones (120 LGT)
Renta, IVA, sociedades, retenciones
120.3 ---> muy importante --->rectificaciones
Es una declaración donde el contribuyente tiene que calcular
Procedimiento Rectificación autoliq
120.3 LGT y (125-129) RTO
antes de que se practique liquidación definitiva o prescriba
si es liquid. provisional, se podrá rectificación sobre elementos distintos de los regularizados en la provisional
no se puede solicitar si se esta tramitando otro proced. sobre lo mismo
plazo de resolución 6 meses ---> desestimada si no comunica la AEAT
intereses demora
derivada normativa del tributo: si pasan 6 meses desde finalización plazo de presentación o si ha concluido, desde presentación de rectificación
por ingreso indebido (32.2 LGT): desde el día que hizo ingreso indebido
PASOS
Iniciación (126 RTO)
a instancia del contribuy. presentando solicitud de rect.
si la rectif. afecta a proced. que se esta comprobando o investigando: personarse y alegar
si ya hay rect prov. se puede rectificar sobre algo distinto
debe constar:
datos que identifiquen la rect.
medio elegido de la devolución (si no elige: cheque)
justificar con documentac.
Tramitación (127 RTO)
Comprobar circunstancias
examinar y contrastar document. y posibles requer. a terceros
solicitar informes
Finaliza con notificación de propuesta de resolución
15 días para alegaciones
si coincide con lo solicitado por contrib ---> notificac. liquid.
requerimientos a terceros ---> solo para aportar información de carácter general
no valen:
pedir documentos contables
para captar nueva información
Terminación (128 RTO)
Con una resolución (motvada si no coincide con la del interesado)
1º una liquidación provisional
2º determinar al titular y el importe a devolver (junto con posibles intereses de demora
3º posible finalización de proced. de rectificac. al iniciarse y notificarse otro de comprobación o inspección
Plazo para notificar rersolución ---> 6 meses ---> si no hay respuesta se desestima
Autoliquidaciones con retenciones o IVA (129 RTO)
La rectificac. la puede hacer la empresa o el trabajador, pero se devuleve al trabajador
si se solicita antes de terminar el plazo de presentación de autodeclaración ---> periodo interrupción justificado, a efectos de plazo para resolver
solicitud:
nombre y NIF del retenedor, ingreso a cuenta o quien repercutió
documentos justificantes
trámite
Notificación al retenedor o OT
10 días para comparecer y que aporte doc.
15 días para alegaciones y aportar pruebas
notificación de liq. provisional
en este procedimiento de rectificación se puede solicitar la contabilidad
si el OT alega inexactitud o falsedad de datos de terceros, la AEAT debe contrasta los datos requerir al declarante justificación de los mismos. El OT tiene 15 días para alegar
Principales autoliquidaciones
periódicas
iRPF (mod. 100)
Hasta 30 jun
IS (mod. 200)
obligat telemático para grandes empresas, todas las SA y SL
mod 220
Grupos consolidados ---> 220 dominante + 200 resto
se presenta:
25 jul (año siguiente) si año natural
ya que se presenta dentro de los 6 meses siguientes al fin de periódo impositivo, en los 25 días naturales sig
IVA
mod 303 (salvo acogidos a recargo equiv o regimen agr, ganad y pesca)
trimestral ---> 20 abr, jul, oct y 30 enero ---> resumen anual 390
mensual (redeme y grandes empresas) ---> 20 mes siguiente, 30 enero + 390 anual
Sum. Inm. Inform (SII) ---> hasta el 30 del mes sigu.
Grupo entidades (mensual)
353 dominante agregado
322 resto miembros
RETENCIONES
trimestral ---> 20 abr, jul, oct y 20 enero
modelos
111 ---> IRPF retenciones
115 ---> IRPF retenc. arrend. inmuebles (alquileres)
117: ganancias patrimonio por venta de acciones
123 ---> rend. capital mob
124 ---> Rendim. Cap. mob. de venta de activos de capitales ajenos
126 ---> Rendim. Cap. mob. intereses cuentas bancarias
128 ---> Rendim. Cap. mob. de operaciones con seguros de vida e invalidez
216 ---> retenciones a no residentes
no periódicas
576 (Imp. Esp. determ. Med. Tte) ---> 1ª matriculac vehículo nuevo/usado
309 ---> IVA no periódico (casos raros)
cuando se compran productos en paises de la UE
a pagar
prsentación ---> igual que 303
308 ---> IVA intracomunitario ---> a devolver
COMUNICACION DE DATOS
si te sale a pagar hay que iniciar otro procedimiento diferente --> de verificación de datos o comprobación limitada
Declaración del Contribuyente para que la AEAT determine la cantidad a devolver
complementarias y sustituivas (120 RTO)
solo se pueden presentar antes de que la AEAT acuerde devolución o dicte resolución
después de este paso, podrá pedir Rectificación (130 RTO)
COMPLEMENTARIAS O SUSTITUTIVAS (122 LGT)
No existen autoliquidac. sustitutivas
en las autoliquidaciones, si la hago mal:
si el perjudicado soy yo ---> rectificación 120.3
si es la administración ---> Complementaria 122
fuera de plazo
Extemporanea (27 LGT) ---> si no hay requerimiento
si hay requer. previo ---> sanción + interés demora
prescripción ---> si se presenta fuera de plazo, se pone el contador a 0 de cara a la prescripción
autoliq. compl (a pagar)
cuota superior a la inicial ---> pagar diferencia
devoluc. improc.
si no ha habido devoluc ---> se inicia nuevo proced. que sustituye al anterior
si ha habido devolución ---> ingresar el dinero + cuota a ingresar
RECTIFICACIÓN DE DECLARACIONES (IMP. SOCIEDADES Y DONACIONES), COMUNIC. DE DATOS Y SOLICIT. DEVOLUCIÓN (128 LGT / 130 RTO)
si ha habido error en decl, com. datos o solic. dev. y ya ha habido devoluc. provisional ---> 130 RTO
se podrá solicitar rectificación de la comunic. datos y de la solicitud de devoluc. si perjudica al OT
rectificac. por motivo distintos del de la devoluc. provisional
si tras la rectif. sale a pagar, hay que solicitar al OT, intereses demora
si no ha habido dev. provisional ---> decl, com. datos o solic. dev. complement. o sustitutiva
si ha habido liquid. definit. ---> tampoco se puede acudir a rectificación del 130 RTO
EXTEMPORÁNEAS (27 LGT)
si nos sale a pagar, pasado el plazo voluntario y, sin requerimiento previo ---> intereses recargo: 5 (3 meses), 10 (6 meses)y 15% (12 meses)
pasados 12 meses --->20% recargo + intereses demora
Si ha habido requerimiento previo antes de presentarla ---> sanción + interés de demora (hasta el día en que se realizó ingreso)
extemp. a devolver --->plazo de la Admon. desde que se presenta la autodecl.
extemp. a devolver presentada despues de requer. admtvo ---> sanción
si presento declarac. (128 LGT) fuera de plazo --->la Admon. tiene 6 meses para practicar decl. (lo mismo que antes para recargos, intereses demora y sanciones)
reducciones del 25% en los recargos que se paguen en plazo voluntario
la presentac de declar. extemp. interrumpe el plazo de prescripción que se pone a 0
DENUNCIAS (114 LGT)
Se remitirán al organo competente
si hay indicios de veracidad, la denuncia no formará parte del expediente admtvo.
el denunciante no es interesado
RETENCIONES
Quien retiene
no residentes
con establecimiento en España
sin establecimiento pero que obtengan rentas
contribuyentes con actividades económicas que obtengan rentas
Personas jurídicas, entidades o comunidades prop.
Fondos de pensiones de UE que operen en España
Exentos
Misiones diplomáticas
Oficinas consulares extranjeras
Rentas sujetas a retenciones o ingresos a cuenta
Sueldos
Intereres bancaraios (RCM)
pagos a profesionales, ganad., agric., y estimac. obj.
rendimientos de alquiler y arrendamientos de muebles
premios
Excluidos
Letras del Tesoro
Premios
< 300 €
Casinos, bingos, maq. recreat.
Exentos IRPF
Loterías del Estado, Cruz Roja, ONCE
Hasta 1/1/2013 estaban exentos
20% Base Imponible
modelos
mod. 230 ---> pagadores
Día 20 de cada mes
los que pagan tienen que presentar declaración informativa
mod. 136
si me toca premio en la UE. Lo presenta el premiado
días 1--20 abril, julio oct., enero
Exentos
los primeros 40.000 €
se aplica un 20% a partir de los 40.000 €
Cálculo retenciones (Ceuta y Melilla ---> reducción 60%)
Rendimientos del trabajo
variable
al menos 2% en contratos < 1 año
15% o > relaciones laborales especiales ---> directivos, futbolistas, toreros
adquisición/rehabilitación vivienda
si sueldo < 33.007,20 € ---> se reduce retencion 2 puntos