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Reglamento 2014/910 (Capítulo I: disposiciones generales (Sello…
Reglamento 2014/910
Capítulo I: disposiciones generales
Firma electrónica
Avanzada
Cualificada = firma manuscrita
Certificado de firma electrónica
Cualificado :arrow_right: anexo I
Servicio de confianza
Cualificado
Prestador de servicios de confianza :silhouette:
Cualificado
Persona física/jurídica
Dispositivo de creación de firma electrónica
Cualificado :arrow_right: anexo II
Creador de un sello :silhouette:
Persona jurídica
Sello electrónico
Avanzado
Cualificado
Garantiza origen e integridad
Certificado de sello electrónico
Cualificado :arrow_right: anexo III
Vincula datos de validación de un sello con una persona jurídica y confirma el nombre de esa persona
Dispositivo de creación de sello electrónico
Cualificado :arrow_right: mutatis mutandis, anexo II
Sello de tiempo electrónico
Cualificado
Servicio de entrega electrónica certificada
Cualificado
Certificado de autenticación de sitio web :silhouette:
Cualificado :arrow_right: anexo IV
Persona física/jurídica
Identificación electrónica
Persona física/jurídica
Persona física que representa a una jurídica
Anexo I: requisitos de los certificados cualificados de firma electrónica
Certificado expedido como cualificado
Identificar al PCSC
Estado miembro
Persona física/jurídica
Nombre del firmante/seudónimo
Datos de validación
Periodo de validez
Código de identidad del certificado (único para cada PCSC)
FE/sello avanzado
Lugar gratuito del certificado
Localización de servicios de validez
Capítulo II: identificación electrónica
Reconocimiento mutuo
Lista de la Comisión
12 meses
Niveles de seguridad
Bajo :arrow_right: reducir
Sustancial :arrow_right: reducir
Alto :arrow_right: evitar
Personas físicas
Identificador único (España :arrow_right: DNI)
Nombre
Apellido
Fecha de nacimiento
Persona jurídica
Identificador único (España :arrow_right: CIF)
Nombre legal
Semántica
Datos mapeados a ISA Core Vocabularies
Atributos adicionales opcionales
Cooperación e interoperabilidad
Perfil de atributos SAML
Violación de seguridad
Retirada si en 3 meses no se corrige
Responsabilidad
Estado miembro que notifica
Capítulo III: servicios de confianza
Organismo de supervisión
Auditorías
Conceder cualificación
Violación :arrow_right: avisar < 24horas
Informe anual para la Comisión :arrow_right: 31/03
Asistencia a otros organismos de supervisión
Solicitud justificada previa
Denegación
Acuerdo aprobado por propios Estados miembros
Supervisión de PCSC
Auditoría min 24 meses
Gastos pagados por PCSC
En cualquier momento realizado/pedido por organismo de supervisión
Enviarán el informe de evaluación al organismo de supervisión máx. 3 días hábiles tras su recepción
Inicio de un servicio de confianza cualificado
<3 meses
Lista de confianza
Listas de confianza
Etiqueta de confianza «UE» para servicios de confianza cualificados
Enlace a la lista de confianza en la web
Requisitos para PCSC
Registrar en BD
Publicar <24h
Derecho nacional
Sellos cualificados de tiempo electrónicos
UTC
Firma/sello electrónico avanzado
Anexo II: requisitos de los dispositivos cualificados de creación de firma electrónica
Garantizar razonablemente la confidencialidad
Datos de creación solo aparecen una vez
Seguridad razonable no deducción ni falsificación
Protegido de forma fiable ante utilización por otros
Fechas
Consejo
23/07/2014
Entrada en vigor
17/09/2014
20 días tras publicación en DOUE
Aplicación
01/07/2016
Deroga
Directiva 1999/93/CE
Desde 01/07/2016