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COMERCIO EXTERIOR EN R.D ((LEYES Y DECRETO: (Ley No. 262 del 17 de abril…
COMERCIO EXTERIOR EN R.D
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El CARICOM (acuerdo de libre comercio entre la República DominEl CARICOMicana y la Comunidad del Caribe) el cual se caracterica por los beneficios integrales que posee para la Comunidad del Caribe y para la República Dominicana. Por otro lado, el país es también socio comercial de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua suscrito bajo el tratado de libre comercio Centroamérica y República Dominicana, el cual tiene como objetivos principales fortalecer el espíritu de cooperación y el comercio reciproco entre todos los signatarios.
El DR-DAFTA tiene por objetivo fundamental fortalecer los lazos especiales de amistad y cooperación entre las naciones que lo forman y promover la integración económica regional, a través de la creación de un mercado más amplio y seguro para las mercancías y los servicios producidos en sus respectivos territorios mientras se reconocen las diferencias en sus niveles de desarrollo y en el tamaño de sus economías.
TRATADO DE LIBRE COMERCIO:El acuerdo está integrado por una parte por Centroamérica: Costa Rica, Nicaragua, El Salvador, Guatemala, Honduras. Y por otra parte, la República Dominicana.
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LEYES Y DECRETO:
Ley No. 262 del 17 de abril del 1943, que regula la fabricación, exportación, importación, almacenaje, distribución y uso de las sustancias explosivas.
Ley No. 4990 del 26 de agosto de 1958, que crea los certificados fitosanitarios de los productos agrícolas de exportación.
Ley No. 165 del 26 de mayo de 1967, que prohíbe la exportación de ámbar en su estado bruto o natural.
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Ley No. 56 del 24 de octubre de 1974, sobre prohibición de exportar sangre humana y derivados.
Ley No. 95 del 11 de enero de 1977, sobre la prohibición de exportar conchas de carey.
Ley No. 20 del 18 de abril de 2000, sobre propiedad industrial.
Decreto No. 413 del 28 de octubre de 1982, autoriza a la Autoridad Portuaria Dominicana a aplicar la tabla progresiva de los derechos de almacenaje.
Decreto No. 2700 del 24 de enero del 1985, sobre clasificación y procedimiento para la exportación de cacao en grano.
Decreto No. 13 del 7 de enero de 1987, prohíbe la exportación de ámbar, larimar y minerales análogos, que no estén debidamente procesados.
Decreto No. 196 del 15 de Mayo de 1991, que establece el Reglamento de Despacho Aduanero para las Empresas de Couriers.
Decreto No. 106 del 25 de marzo de 1996, reglamenta los depósitos para la reexportación de mercancías.
Decreto 696 del 28 de junio del 2001 que establece el Reglamento de aplicación para la agricultura orgánica.
Vender o comprar fuera de nuestras fronteras implica necesariamente el envío y la recepción de fondos entre un comprador y un vendedor que operan en países diferentes. Las partes acuerdan el medio de pago más adecuado y seguro considerando cuestiones como tipo de mercancía, confianza, país de origen o destino, posición negociadora, etc.
TEORIAS:
la República D ominicana ha registrado cambios significativos en su política económica, tanto en lo referente a
políticas internas como a su estrategia de integración internacional. U na de las manifestaciones más relevantes del proceso
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La República Dominicana mantiene relaciones diplomáticas con 129 países y pertenece a múltiples organizaciones internacionales, entre ellas las siguientes: Naciones Unidas, Organización de Estados Americanos, Sistema de la Integración Centroamericana, Organización Mundial del Comercio, Fondo Monetario Internacional, Banco Mundial, Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones, Corporación Financiera Internacional, Banco Interamericano de Desarrollo, Corporación Interamericana de Inversiones, Banco Centroamericano de Integración Económica, Banco de Desarrollo del Caribe, Agencia de Garantía de Inversiones, y Foro del Caribe de África, del Caribe y del Pacífico.