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Regímenes Aduaneros (Revision de origen en la importación de mercancias.,…
Regímenes Aduaneros
- Revision de origen en la importación de mercancias.
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- Regularización de mercancias bajo el articulo 98.
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- Retorno de mercancias nacionales o nacionalizadas bajo la exportacion definitiva.
- Condiciones sobre importaciones temporales de mercancias
- Propiedad de uso de las mercancias destinadas al regimen de importacion temporal.
- Marco contextual de regimen de importaciones temporal.
- Condiciones y cuotas compensatorias bajo importaciones temporales.
- Las maquiladoras y las empresas con programas de exportacion autorizadas por la Secretaria de Economia, podran efectuar la importación temporal de mercancias para retornar al extranjero
109.
Declaracion de informacion sobre mercancias que retorne con programas de exportacion autorizadas por la secretaria de economia.
- Defincion de exportacion definitiva.
- Pago de impuestos y cuotas compensatorias bajo programas de exportación
- Productos que pasen por procesos de transformación, elaboración o reparación que retomen al extranjero pagaran el impuesto general de exportacion correspondiente
- Transferencia de mercancias entre empresas que han sido importadas temporalmente
- Condiciones a las culaes estaran sujetas la exportacion temporal de mercancias nacionales o nacionalizadas.
- Los contribuyentes podran cambiar el regimen de exportacion temporal a definitiva cumpliendo con los requisitos que establezcan esta Ley y la Secretaria mediante reglas.
- Definicion de regimen de exportacion temporal
- Margen de tiempo de salida en mercancias bajo el regimen a que se refiere el articulo 115
- Se autoriza la salida del territorio nacional de mercancias para someterse a un proceso de transformacion, elaboracion o reparacion hasta por dos años
- Las mermas que resulten de los procesos de transformacion de mercancias, generaran el pago del impuesto general de exportacion
- Definicion de deposito fiscal
119A. Los almacenes generales de deposito podran adquirir autorizacion siempre y cuando esten al corriente con el cumplimiento de sus obligaciones fiscales
Art. 90 Regímenes aduaneros. Definitivos. temporales, deposito fiscal, transito de mercancías, elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado, recinto fiscalizado estratégico.
- Pagos de impuestos y cuotas compensatoriass sobre regimenes definitivos
- Definicion de regimen de importacion definitiva
- Destruccion de mercancias bajo a alguno de los regimenes temporales de importación.
- Retorno al extranjero de mercancias bajo la importacion definitiva, sin pago del impuesto general de exportación
- Desistimiento o cambio de un regimen aduanero
- Procedimiento de revision para importar mercancias en origen para las empresas
- Retorno de mercancias al extranjero
- Calculo de las importaciones, contribuciones y cuotas compensatorias realizadas bajo el amparo de revision de origen.
- Señalar en el pedimento de la mercancia el tipo de regimen aduanero que solicitan
- Condiciones para retirar mercancias en deposito fiscal del lugar de almacenamiento
- Requisitos de control establecidos en el reglamento del SAT
- Mercancias destinadas al regimen de deposito fiscal que esten en almacenes generales, podran ser adquiridos por terceros y residentes en el extranjero
- La Secretaria señalara mediante reglas, las mercancias que no podran ser onejto de este regimen y las medidas de control que los almancenes generales de deposito
- Definicion de regimen de transito
- Decreto sobre el transito interno se promovera por los importadores, exportadores, por conducto de agente aduanal o agencia aduanal
- Decreto sobre el transito interno para la importacion de bienes de consumo final
- El regimen de transito interno se promovera por los importadores, exportadores, por conducto de agente o agencia aduanal
- El transito interno de mercancias debera efectuarse dentro de los plazos maximos de traslado que establezca el SAT mediante reglas.
- Seran responsables ante el Fisco Federal del pago de las contribuciones y cuotas compensatorias omtidas
- Supuestos a los que estara sujeto el transito de mercancias
- El transito internacional de mercancias por territorio nacional se promovera por personas fisicas o morales, o por conducto de agente aduanal o agencia aduanal
- El transito internacional de mercancias debera efectuarse en los plazos maximas de traslado que establezca el SAT mediante reglas.
- La persona fisica o moral que efectue el transito internacional de mercancias por territorio nacional sera responsable ante el Fisco Federal del pago de los creditos fiscales.
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- Definicion de regimen de elaboracion, transformacion o reparacion
135A. Las personas que tengan el uso o goce de inmuebles ubicados dentro del recinto fiscalizado estrategico habilitado en los terminos del articulo 14-D de esta ley
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135C. Tiempo y condiciones en el que la mercancia extranjera introducida por regimen fiscalizado podran permanecer en los recintos fiscalizados
135D. Motivos por los cuales mercancias que se introduzcan al regimen de recinto fiscalizado estrategico podran retirarse de dicho recinto
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