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La garantia patrimonial del administrado (Formas de garantia patrimonial,…
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Expropiacion Forzosa
sujetos
a). - El expropiante: Quien ejerce la potestad expropiatoria; es decir es el titular de la potestad expropiatoria y por ende se materializa en la Federación, Entidad Federativa y el Municipio, dentro de sus respectivas competencias, son los únicos titulares de la potestad de expropiar.
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c). - El beneficiario: Destinatario de los bienes o derechos expropiados; así las Expropiaciones Forzosas por causa de utilidad pública ha de ser beneficiario, el propio ente territorial expropiante o también entes Institucionales y los concesionarios.
La expropiación forzosa consiste en la privación de propiedad privada o de derechos o intereses legítimos por razones de utilidad pública o interés social, y previa correspondiente indemnización. Se trata de una potestad Administrativa que, a su vez, se configura como una garantía patrimonial para el afectado.
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terminos legales
REVERSION DE UN BIEN EXPROPIADO. EL ARTÍCULO 33, SEGUNDO PÁRRAFO, DE LA LEY GENERAL DE BIENES NACIONALES, QUE ESTABLECE UN PLAZO PARA RECLAMARLA, NO VIOLA LOS ARTÍCULOS 14, 16, 22 Y 27 CONSTITUCIONALES
Argumentos legales , segun la constitucuón
El artículo 9o. de la Ley de Expropiación que "Si los bienes que han originado una declaratoria de expropiación, de ocupación temporal o de limitación de dominio, no fueren destinados al fin que dio causa a la declaratoria respectiva, dentro del término de cinco años, el propietario afectado podrá reclamar la reversión del bien de que se trate, o la insubsistencia del acuerdo sobre ocupación temporal o limitación de dominio".
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