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CAPÍTULO II DEL PODER LEGISLATIVO (Sección I (Artículo 53 (300 distritos…
CAPÍTULO II DEL PODER LEGISLATIVO
Sección III
Artículo 73
facultades
admitir nuevos Edos.
formar Edos dentro de límites
población de 120 mil habitantes
comprobar con elementos necesarios su existencia poli
oír legislaturas
igualdad entre ejecutivo
votada erección de nuevo Edo
Resoluciones ratificadas por mayoría de legislaturas
ratificaciones por 2/3 de legislaturas
Cambiar residencia de supremos poderes
imponer contribuciones (presupuesto)
deuda pública
sentar bases para ejecutivo
celebrar emprésitos
aprobar anualmente montos de duda
Establecer leyes para bases generales
Analizar estrategia de ajuste
impedir restricciones comerciales
legislar sobre hidrocarburos, minería, sustancias químicas, explosivos, pirotecnia, cine, comercial.
suprimir, crear empleos de la federación
Declarar la guerra
dictar leyes buenas o malas
Levantar instituciones armadas de la unión.
Leyes sobre nacionalidad
Consejo de salubridad general depende del presidente
En caso de epidemias
Autoridad sanitaria es ejecutiva.
Campañas en contra de sustancias que envenenan
dictar leyes para vías de comunicación
Establecer casas de moneda
fijar leyes en terrenos baldíos
expedir leyes del cuerpo diplomático y consular
Expedir:
leyes generales
tipos penales
legislación que establezca delitos
legislación única penal
Expedir leyes DDHH
Conceder amnistías
Leyes que regulen facultades de auditoría superior
Establecer sistema de maestras y maestros.
Conceder licencia al presidente
aceptar la renuncia del presidente
Leyes en contabilidad gub.
Establecer contribuciones
Comercio exterior
recursos naturales
servicios públicos
especial sobre
energía eléctrica
producción y consumo de tabacosa labrados
Gasolina/petróleo
cerillos
Agua miel
explotación forestal
producción y consumo de cerveza
Leyes de medios alternativos de solución de controversias
legislar sobre bandera nacional
Leyes de concurrencia de gob Fed
Leyes de planificación nacional
leyes de promoción económica
Leyes de promoción de inversión
leyes que instituyan el Tribuna Federal de justicia
Leyes de protección civil
De cultura física y deporte
Turismo
Pesca
Seguridad Nacional
Sociedades cooperativas
datos personales
Derechos de los niños
iniciativa ciudadana y consultas populares
administración de responsabilidades administrativas
Responsabilidad hacendaria
Derechos de las víctimas
Mejora regulatoria
Registros públicos
Justicia cívica e itinerante
Transparencia gubernamental
Procesal civil y familiar
Archivos de federación
leyes que distribuyan competencias entre la federación
Leyes que sean necesarias
Artículo 74
Facultades de diputados
Declarar el proceder penalmente contra servidores públicos
Revisar cuenta pacífica del año anterior
Aprobar anualmente el presupuesto de egresos
Aprobar plan nacional de desarrollo
Ratificar el nombramiento que el presidente haga de diff. cargos
Asignar por voto 2/3 a titulares de órganos internos
Coordinar y evaluar el desempeño de la auditoria
Las demás que le confiere la constitución
Expedir bando solemne de presidente de la Rep
Artículo 76
Facultades del senado
Erigirse en jurado de sentencia en juicio político
Designar ministros de la suprema corte
Resolver cuestiones políticas que surjan entre poderes.
Autorizar mediante decreto por 2/3 convenios amistosos de entidades federativas.
Declarar la necesidad de declarar poder ejecutivo provisional
Analizar y aprobar la Estrategia Nacional de seguridad pública
Analizar y aprobar informe anual del ejecutivo sobre guardia nacional
Nombrar a los comisionados del organismo garante.
Autorización de salida de tropas nacionales o el paso de tropas extranjeras.
Integrar lista de candidatos a Fiscal General de la Rep.
Ratificar nombramientos de los secretarios de Edo.
Las demás que la constitución le atribuya.
Analizar política exterior
Sección I
Artículo 52
Cámara de diputados
300
principio de votación mayoritaria relativa
Uninominales
200
principio de representación proporcional
Plurinominales
Artículo 53
300 distritos electorales uninominales
división de población entre distritos
último censo
200
5 circunscripciones electorales plurinominales
principio de paridad
Artículo 55
Para ser diputado:
ser ciudadano mexicano por nacimiento
pleno ejercicio de derechos
21 años
originario de entidad federativa correspondiente
o vecino con 6 meses anteriores
no ser
activo del ejército
separarse 90 días anteriores a elección
mando policial
mando de gandarmería rural
titular de organismos autíonomos
secretario o subsecretario de Edo
titular de organismos descentralizados
Ministro de la Suprema Corte
Magistrado
tres años antes
Secretario del Tribunal electoral
Consejero presidente o electoral
Secretario o director ejecutivo
Ministro de culto religioso
No tener incapacidades Artículo 59
Artículo 56
Cámara de senadores
128
2 por principio de votación mayoritaria relativa
1 asignado a la primera minoría
se renuevan cada 6 años
Artículo 58
para ser senador:
mismos que diputados
edad 25 años
Artículo 59
Senadores
electos hasta por dos periodos consecutivos
Congreso de la unión
hasta por cuatro periodos consecutivos
Artículo 61
Diputados y Senadores
Inviolables
Artículo 50
Poder legislativo
Congreso general
Diputados
Senadores