Actualmente, en la Ciudad de México y en los Estados de Guerrero, Hidalgo, México y Yucatán, se contempla la posibilidad de poder solicitar el divorcio por parte de uno de los cónyuges ante la autoridad judicial, manifestando simplemente su voluntad de no querer continuar con el matrimonio, sin que se requiera señalar la causa por la cual se solicita, siempre y cuando haya transcurrido al menos un año desde la celebración del mismo (artículo 266 del Código Civil del Distrito Federal, artículo 191 del Código Familiar del Estado de Yucatán)