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Elementos del delito - Coggle Diagram
Elementos del delito
Aspectos positivos y negativos del Delito
Positivos
Actividad
La conducta es el comportamiento humano, voluntario, positivo o negativo, encaminado a algún propósito;
Tipicidad
Por tipicidad se entiende la adecuación de la conducta del sujeto al tipo penal que contempla una norma jurídica penal;.
Antijuridicidad
Antijurídico es lo contrario al Derecho, esto es, la contradicción objetiva de los valores estatales que tutela la norma penal, por lo cual todo aquel que realice una conducta contraria a la norma penal deberá ser juzgado y sancionado en su caso, a excepción de aquellas personas que hayan realizado la conducta contemplada en la norma pero que tengan una causa de justificación.
Imputabilidad
Carrancá y Trujillo consideran imputable, todo aquel que posea al tiempo de la acción las condiciones psíquicas exigidas, abstracta e indeterminadamente por la ley para poder desarrollar su conducta socialmente, esto es, todo el que sea apto e idóneo jurídicamente para observar una conducta que responda a las exigencias de la vida en sociedad.
"Comúnmente se afirma que la imputabilidad está determinada por un mínimo físico representado por la edad y otro psíquico, consistente en la salud mental".
Culpabilidad
"La concepción normativa por excelencia de la culpabilidad producto de las elaboraciones de la teoría de la acción finalista y del rechazo total tanto del naturalismo causalista como del naturalismo sociologista, fundamenta el juicio de reproche en la posibilidad del autor de actuar de manera diferente, esto es, en la libertad para motivarse de acuerdo a la norma”.
Condicionalidad objetiva
Las condiciones objetivas de punibilidad, son condiciones exigidas por excepción por el legislador como condiciones para la imposición de la pena. Por ejemplo, en el delito de feminicidio, la privación de la vida tiene como condicionalidad objetiva, que sea a una mujer y por razones de género, ya que ante la falta de estas condiciones sólo se estaría en presencia de un homicidio.
Punibilidad
La punibilidad es el merecimiento de una pena por una conducta, la posibilidad del Estado de imponer una sanción cuando se reúnan los requisitos legales y la aplicación fáctica de las penas señaladas en la ley.
Negativos
Falta de acción
Es la ausencia de la conducta, por lo cual si no hay una conducta que contraríe a la norma penal no hay delito alguno que perseguir.
Ausencia de tipo
No existe norma penal alguna que establezca la conducta que realizó el sujeto y aunque sea totalmente reprochada por la sociedad en su conjunto no se puede ejercitar la acción penal en su contra.
Causas de justificación
Aquella condición que tiene el poder público de excluir la antijuridicidad de una conducta típica.
Las causas de justificación reconocidas son:
La legítima defensa
El estado de necesidad
El cumplimiento de un deber
Ejercicio de un derecho
Obediencia jerárquica cuando se equipara al cumplimiento de un deber e impedimento legítimo
Causas de inimputabilidad
El delito se excluye cuando: II. Al momento de realizar el hecho típico, el agente no tenga la capacidad de comprender el carácter ilícito de aquél o de conducirse de acuerdo con esa comprensión, en virtud de padecer trastorno mental o desarrollo intelectual retardado. En los artículos 62, 65 y 102 se encuentran las condiciones respecto al tratamiento y la potestad del mismo.
Causas de inculpabilidad
Las causas de inculpabilidad operan al no existir el conocimiento y la voluntad en la realización del acto punible; en estricto rigor las causas de inculpabilidad son el error esencial de hecho y la coacción sobre la voluntad.
Falta de condición objetiva
La ausencia de una condición objetiva de procedibilidad no tiene más efecto, con relación al delito, que impedir el procedimiento, pero el hecho sigue siendo un ilícito penal y de actualizarse el presupuesto procesal podrá perseguirse aún produciéndose con posterioridad al delito.
Excusas absolutorias
"... Son aquellas causas que dejando subsistente el carácter delictivo de la conducta o hecho, impiden la aplicación de la pena". El Estado no sanciona determinadas conductas por razones de justicia o de equidad, acorde con una prudente política criminal.