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Clasificación de los delitos - Coggle Diagram
Clasificación de los delitos
Se considera la clasificación más simple de entender, la del profesor, Dr. Fernando Castellanos Tena
En función de su gravedad:
de acuerdo a la teoría tripartita, en crímenes, delitos y faltas o contravenciones, se consideran crímenes los atentados contra la vida y los derechos naturales del hombre; delitos, las conductas contrarias a los derechos nacidos del contrato social; y faltas o contravenciones, las infracciones a los reglamentos de policía y buen gobierno
Según la forma de la conducta del agente o manifestación de la voluntad:
los delitos pueden ser de acción o de omisión
Los de acción se cometen mediante un comportamiento positivo, violándose una ley prohibitiva
Los de omisión consisten en la falta de una actividad jurídicamente ordenada, con independencia del resultado material que produzcan y, también, cuando el agente decide no actuar y por esa inacción se produce el resultado material
Por el resultado:
se clasifican en formales y materiales
Los formales son aquellos en los que se agota el tipo penal en el movimiento corporal o en la omisión del agente, no siendo necesario para su integración que se produzca alguna alteración en la estructura o funcionamiento del objeto material
Los delitos materiales son aquellos en los cuales para su integración se requiere la destrucción o alteración de la estructura o del funcionamiento del objeto material
Por la lesión que causan:
son de daño y de peligro
Los de daño, consumados, causan daño directo y efectivo en intereses jurídicamente protegidos por la norma penal violada
Los de peligro no causan daño directo a tales intereses, pero los ponen en peligro
Por su duración:
se dividen en instantáneos, instantáneos con efectos permanentes, continuados y permanentes
Instantáneo es aquel que la acción que lo consuma se perfecciona en un solo momento
Instantáneo con efectos permanentes es cuando la conducta destruye o disminuye el bien jurídico tutelado, en forma instantánea, pero permanecen las consecuencias nocivas del mismo
Continuado es aquel delito en el que se dan varias acciones y una sola lesión jurídica, esto es, con una unidad de propósito delictivo y pluralidad de conductas se viola el mismo precepto legal
Permanente es el que existe cuando la consumación se prolonga en el tiempo
Por el elemento interno o culpabilidad:
se clasifican en dolosos y culposos
Doloso es cuando la voluntad consciente se dirige a la realización del hecho típico y antijurídico
Culposo es cuando no se quiere el resultado penalmente tipificado, más surge por el obrar sin las cautelas y precauciones exigidas por el Estado para asegurar la vida en común
En función de su estructura o composición:
se dividen en delitos simples y complejos
Simples son aquellos en los cuales la lesión jurídica es única
Complejos son los que se constituyen por la unificación del tipo con alguna agravante
Por el número de actos integrantes de la acción típica:
se denominan unisubsistentes y plurisubsistentes
Los unisubsistentes se forman por un solo acto
Los plurisubsistentes se forman por varios actos
Por la pluralidad de sujetos que intervienen en la comisión de ilícito:
se clasifican en unisubjetivos y plurisubjetivos
Unisubjetivo es cuando interviene un sólo sujeto
Plurisubjetivo: es aquel delito en el que intervienen dos o más sujetos
Por la forma de su persecución:
son de querella necesaria y perseguibles de oficio
Los primeros para ser perseguidos necesitan de la querella de la parte ofendida
Los segundos son todos aquellos en los que la autoridad está obligada a actuar por el mandato legal, persiguiendo y castigando a los responsables con independencia de la voluntad de los ofendidos
En función de la materia:
se dividen en comunes, federales, oficiales, militares y políticos
Comunes son aquellos que formulan en leyes dictadas por las legislaturas locales
Federales son los dictados por el Congreso de la Unión
Oficiales son los cometidos por empleado o servidor público en ejercicio de sus funciones
Militares son aquellos perpetrados por los miembros de las fuerzas armadas como tales, es decir no como paisanos o civiles
Políticos son aquellos que lesionan la organización y funcionamiento del Estado o sus órganos
Clasificación legal:
es la enumeración que de los tipos penales hace el Código Penal Federal y los códigos penales de las entidades federativas y de la Ciudad de México