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Transmisión de las Obligaciones - Coggle Diagram
Transmisión de las Obligaciones
CESIÓN DE DERECHOS
Cuando el acreedor transfiere a otro los que tenga contra su deudor
se puede ceder el derecho a un tercero si consentimiento del deudor
siempre y cuando no este prohibida por la ley
no haya prohibición expresa, en el contrato
si no lo permite la naturaleza de derecho
LA CESIÓN DE DEUDAS
para que haya sustitución de deudor es necesario que se consienta expresa o tácitamente
CESIÓN DE CREDITO
comprende el derecho principal y accesorios, fianza, hipoteca, prenda.
si no son a la orden del portador pueden hacerse por escrito, 2 testigos.
SUBROGACIÓN
substitución de una cosa por otra o una persona por otra
Tipos
Real: sustitución de casos
Personal: sustitución de personas