Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
CNUDMI 1985 (Comisión de las Naciones unidas para el derecho mercantil…
CNUDMI 1985
(Comisión de las Naciones unidas para el derecho mercantil internacional)
parte 1
Cap 1: Disposiciones generales
Se aplicará arbitraje internacional en cualquier tratado
sus establecimiento en diferentes estados
Uno de los esta fuera del estado en el
que las partes tienen sus establecimientos
el lugar del arbtitraje
El lugar del cumplimiento de las obligaciones comerciales de una de las partes
El arbitraje es internacional si:
Definiciones y reglas
Arbitraje:
Institucion arbitral que se encarga de hacer seguimiento a conflicto de caracter comercial.
Tribunal arbitral
Un solo arbitro o una pluridad de arbitros
Tribunal
Órgano de sistema judicial de un país
Si se deja que las partes tomen la decisión sobre el asunto, se debe pedir autorización de un tercero que adopte la decisión
Si una disposición se refiera a que las partes hayan celebrado, se entenderá comprendidos en ese acuerdo todas las disposiciones
Si se presenta una demanda se aplicará una reconvención y cuando se refiera a una contestación se aplicará una contestación a esa reconvención
No considera el art. 25 y art 32
Recepciones e intervenciones tribunales
Recepción de comunicaciones escritas
Se constará como recibida toda información que haya sido entregada a establecimiento, residencia habitual, domicilio postal.
Renuncias al derecho de objetar
Si no se cumple algunas de las disposiciones, la ley determinará aparto de las partes para objeción a algún reequisito de acuerdo de arbitraje
Alcance de intervención del tribunal y funciones de asistencia y supervisión durante el arbritraje
No intervendrá ningún tribunal, solo en caso que ley lo disponga
En cada caso se decidirá sobre el tribunal o tribunales para ejercer las respectivas funciones
¿Qué es?
Es un marco regulatorio que aplica de manera justa y eficaz las controversias que se generen en las relaciones comerciales internacionales
Se ajustan a las prácticas actuales y modernas del comercio y elaboración de contratos de carácter comercial
Cap 2: Acuerdo de arbitraje
Es un acuerdo en la que las partes deciden someter a arbitraje todo tipo de controversias relacionadas juridicamente
Acuerdo de arbitraje y demanda en cuanto al fondo ante un tribunal
El tribunal encargado de la asistencia emitirá el primer escrito sobre el fondo del litigio
Una ves aprobado el primer escrito se procede a iniciar o proseguir con actos arbitrales y dictar un laudo mientras el tribunal está pendiente
Acuerdo de arbitraje y adopción de medidas cautelosas por el tribunal
No será incompatible si una de las partes solicita medidas cautelares ni que el tribunal conceda esas medidas.
Cap 3 Composición del tribunal arbitral
Número de arbitros
Las partes determinan el número de árbitros y si nos los escogen, serán 3
Nombramiento de los árbitros
La nacionalidad no afecta para ser árbitro.
-La partes acuerdan el nombramiento
-Si las partes no participan, hay un plazo de 30 días para escogerlos
si unos de los árbitros no actúa acorde a lo pedido, las partes pueden optar por un tribunal que lo juzgue.
-Arbitro de distinta nacionalidad de las partes si es solo uno
Motivos de recusación
El árbitro deberá emitir en caso de su imparcialidad o independencia
Un solo árbitro podrá ser recusado en caso de mostrar imparcialidad o independencia o si no posee cualificaciones por las partes.
Procedimiento de recusación
Una de las partes puede recusar al árbitro y debe presentar en max. 15 en detalle al tribunal y la parte recusada tendrá 30 días para revisión del tribunal sobre el laudo.
Falta o imposibilitad de ejercicio de las funciones
Si un árbitro se vea impedido de jure o facto para ejercer sus funciones, las partes pueden solicitar del tribunal una decisión que declare la cesación de mandato
Nombramiento de un arbitro sustituto
Si el árbitro renuncia por cualquier otro motivo o de remosión por cualquiera de las partes, se procederá a nombrar a un sustituto
Cap 4. Competencia del tribunal arbitral
Facultad del tribunal arbitral para decidir acerca de su competencia
El tribunal decidirá sobre su competencia, las excepciones o la validez del acuerdo.
El tribunal arbitral decidirá las excepciones sobre un laudo, esa decisión deberá manifestarse en 30 días seguidos de la notificación de esa decicsión.
Cap. 4A Medidas cautelares o órdenes preliminares
Sección 1: Medidas cautelares
Sección 2:Órdenes preliminares
Sección 3: Disposiciones aplicables a las medidas cautelares y órdenes preliminares
Sección 4:Reconocimiento y ejecución de medidas cautelares
Sección 5:Medidas cautelares dictadas por el tribunal
El tribunal dictará medidas cautelares con sus propios procedimientos y teniendo en cuenta distintivos del arbitraje internacional
Reconocimiento y ejecución
Motivos para denegar el reconocimiento o la ejecución
Modificación, suspensión, revocación
El tribunal podrá modificar, suspender o revocar toda medida cautelar
Exigencia de una garantía por el tribunal arbitral
El tribunal exigirá una medida cautelar que exprese garantía a menos que se encuentre inapropiado o innecesario
Comunicación de información
Las partes deberán manifestar todo cambio relevante y que ayude a mantener el orden y hacer valer los derechos
Costas, daños y perjuicios
El solicitante de la medida cautelar será responsable de ls costas, daños y perjuicios que dicha medida ocasione
Condiciones para el otorgamiento de medidas cautelares
No otorgarse medidas cautelares porque puede producir daños a alguna de las partes
El fondo de litigio puede prosperar
Los requisitos serán enunciados en la medida en que tribunal arbitral lo considere oportuno
Regímenes específico de las órdenes preliminares
El tribunal notificará la solicitud de la medida cautelar
La orden preliminar expirará a los 20 días a partir de la fecha en la que el tribunal arbitral la haya emitido
La orden preliminar no constituirá al laudo
Facultad del tribunal arbitral para otorgar medidas cautelares
Las medidas cautelares son todas las medidas temporales, en forma o no de laudo, el tribunal ordena que:
Mantenga o reestablezca el estatus QUO
Adopte medidas para impedir algún daño actual
Preservación de bienes
Elementos de prueba para resolver controversia
art.1
art. 2
art. 3,4,5,6
art. 7
art. 8
art. 9
art. 10
art. 12
art11
art13
art 14
art 15
art.16
ART 17