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Limites del normativismo en derecho penal, JAKOBS:, La moderna teoría del…
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JAKOBS:
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Sigue a Luhmann, contempla el Derecho como un sistema normativo cerrad, autorreferente, y limita l dogmatoca jurídico-penal al análisis normativo funcional del Derecho positivo, con exclusión de consideraciones empíricas no normativas de valoración externas al sistema jurídico-positivo.
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La moderna teoría del delito nace en Von Liszt bajo la influencia del modelo positivista de ciencia.
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En Von Liszt el naturalismo ofrecía, además, a la elaboración dogmática una base sólida, la realidad científicamente observable, que parecía también contribuir a la seguridad jurídica.
Acción, antijuridicidad y culpabilidad, tres pilares básicos del concepto de delito de Von Liszt
Pronto se vio que la acción no era solo un movimiento físico, si no un significado social que puede depender de su intención.
Que la antijuridicidad no es una mera descripción de una causación, sino, inevitablemente un juicio de desvalor que también depende de aspectos significativos del hecho no puramente causales.
El significado negativo del concepto de culpabilidad no podía sustituirse por la sola constatación de una conexión psicológica cuasi-causal entre el hecho producido y la mente del autor, como lo demostró la inexistencia de tal vinculo psicológico en la culpa inconsiente.
El positivismo de Von Liszt fue un positivismo jurídico con tintes naturalistas. La concepción preventiva de la pena (prevención especial), el concepto causal de acción, su concepción en parte naturalistica del bien jurídico y un entendimiento de la culpabilidad con base en el determinismo, son rasgos fundamentales de esta vinculación de la construcción de Von Liszt a una realidad entendida naturalísticamente.
El neokantismo de la escuela sudoccidental ofreció una fundamentación metodológica que permitió entender los conceptos jurídico -penales como conceptos valorativos
Windelband y Rickert desarrollaron una fundamentación neokantiana de las ciencias del espíritu o culturales como dotadas de un método distinto al de las ciencias naturales y al de las formales, método que distingue a las ciencias culturales por exigir la referencia a valores.
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La acción, la omisión, la tipicidad, la antijuridicidad, la culpabilidad dejaron de entenderse en términos formalistas y naturalísticos para pasar a concebirse en su sentido valorativo