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CAPITULO III, DE LA SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE. - Coggle Diagram
CAPITULO III, DE LA SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE.
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uno o varios socios comanditados que responden, de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente, de
las obligaciones sociales, y de uno o varios comanditarios que únicamente están obligados al pago de
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Artículo 52.- La razón social se formará con los nombres de uno o más comanditados, seguidos de
las palabras “y compañía” u otros equivalentes, cuando en ella no figuren los de todos. A la razón social
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Artículo 54.- El socio o socios comanditarios no pueden ejercer acto alguno de administración, ni aun
con el carácter de apoderados de los administradores; pero las autorizaciones y la vigilancia dadas o
ejercidas por los comanditarios, en los términos del contrato social, no se reputarán actos de
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Artículo 55.- El socio comanditario quedará obligado solidariamente para con los terceros por todas
las obligaciones de la sociedad.
Artículo 56.- Si para los casos de muerte o incapacidad del socio administrador, no se hubiere
determinado en la escritura social, la manera de substituirlo y la sociedad hubiere de continuar, podrá
interinamente un socio comanditario, a falta de comanditados, desempeñar los actos urgentes
Artículo 57.- Son aplicables a la sociedad en comandita los artículos del 30 al 39, del 41 al 44 y del
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Los artículos 26, 29, 40 y 45 sólo se aplicarán con referencia a los socios comanditados.
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derechos y obligaciones han sido transferidos a la nueva, se agregará a la razón social la palabra
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todos los demás, y sin él, tampoco pueden admitirse a otros nuevos, salvo que en uno u otro caso el
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Artículo 33.- En caso de que se autorice la cesión de que trata el artículo 31, en favor de persona
extraña a la sociedad, los socios tendrán el derecho del tanto, y gozarán de un plazo de quince días para
ejercitarlo, contando desde la fecha de la junta en que se hubiere otorgado la autorización. Si fuesen
varios los socios que quieran usar de este derecho, les competerá a todos ellos en proporción a sus
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socios, a menos que en el mismo se pacte que pueda acordarse la modificación por la mayoría de ellos.
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Artículo 35.- Los socios, ni por cuenta propia, ni por ajena podrán dedicarse a negocios del mismo
género de los que constituyen el objeto de la sociedad, ni formar parte de sociedades que los realicen,
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En caso de contravención, la sociedad podrá excluir al infractor, privándolo de los beneficios que le
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Artículo 36.- La administración de la sociedad estará a cargo de uno o varios administradores,
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Artículo 37.- Salvo pacto en contrario, los nombramientos y remociones de los administradores se
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Artículo 38.- Todo socio tendrá derecho a separarse, cuando en contra de su voto, el nombramiento
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Artículo 39.- Cuando el administrador sea socio y en el contrato social se pactare su inamovilidad,
sólo podrá ser removido judicialmente por dolo, culpa o inhabilidad
Artículo 41.- El administrador sólo podrá enajenar y gravar los bienes inmuebles de la compañía, con
el consentimiento de la mayoría de los socios, o en el caso de que dicha enajenación constituya el objeto
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Artículo 42.- El administrador podrá, bajo su responsabilidad, dar poderes para la gestión de ciertos y
determinados negocios sociales, pero para delegar su encargo necesitará el acuerdo de la mayoría de
los socios, teniendo los de la minoría el derecho de retirarse cuando la delegación recayere en persona
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Artículo 43.- La cuenta de administración se rendirá semestralmente, si no hubiere pacto sobre el
particular, y en cualquier tiempo en que lo acuerden los socios.
Artículo 44.- El uso de la razón social corresponde a todos los administradores, salvo que en la
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EJEMPLOS:
KAYSER AUTOMOTIVE SYSTEMS, S.EN C.
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ALUMINIO ESPAÑA Y CIA, S. EN C.
BOLAÑOS, CHÁVEZ Y CÍA,S. EN C.