Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
RÉGIMEN VOLUNTARIO image ( Incorporación voluntaria al Régimen…
RÉGIMEN VOLUNTARIO 
Continuación voluntario en el régimen obligatorio 
La incorporación deberá ser total y, en ningún caso, el Instituto podrá otorgar seguros, prestaciones o servicios que no estén previstos en el convenio correspondiente.
-
-
Incorporación voluntaria al Régimen Obligatorio 
-
Presenta la solicitud y documentación requerida en el Departamento de Afiliación y Prestaciones Económicas, de la delegación del ISSSTE más cercana a tu domicilio.
-
-
Realiza el depósito bancario y/o la aportación voluntaria en la AFORE donde tienes tu cuenta individual. Este paso aplica únicamente para cuenta individual.
Presenta el (los) comprobante(s) bancario(s) en el Departamento de Afiliación y Prestaciones Económicas, de la Delegación del ISSSTE más cercana a tu domicilio.
-
-
atribuciones
Art. 208 LISSSTE
I. Cumplir con los programas aprobados para otorgar los seguros, prestaciones y servicios a su cargo;
-
III. Determinar, vigilar, recaudar y cobrar el importe de las Cuotas y Aportaciones, así como los demás
recursos del Instituto, por lo que se refiere al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, el
entero de las Cuotas y Aportaciones correspondientes, se realizará mediante los sistemas o programas
-
-
-
-
-
patrimonio del ISSSTE
Art. 228
I. Sus propiedades, posesiones, derechos y obligaciones;
II. Las Cuotas, Aportaciones y Cuota Social al seguro de salud que se enteren en los términos de esta
Ley, a excepción de las del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez y al Fondo de la
Vivienda, que junto con los intereses y rendimientos que generen, son patrimonio de los Trabajadores;
III. El importe de los créditos e intereses a favor del Instituto, con excepción de los afectos al Fondo de
-
IV. Los intereses, rentas, plusvalías y demás utilidades que se obtengan de las inversiones que
-
V. El importe de las indemnizaciones, pensiones caídas e intereses que prescriban en favor del
-
VII. Las donaciones, herencias y legados a favor del Instituto;
CONCLUSIÓN :
En el Régimen Voluntario, el acceso a la seguridad
social depende de una decisión voluntaria, individual
o colectiva, y no de una obligación patronal por existir
-
-
en el Régimen Voluntario, así como el tipo de seguros
-
-
GARCIA RODRIGUEZ JAQUELIN LICENCIATURA EN DERECHO DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL SÉPTIMO SEMESTRE
TAREA 11 MAPA MENTAL