Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
RESPONSABILIDAD POR EL HECHO AJENO (PRINCIPIOS GENERALES ("Toda…
RESPONSABILIDAD POR EL HECHO AJENO
PRINCIPIOS GENERALES
"Toda persona es responsable no solo de sus propias acciones, sino del hecho de aquellos que estuvieran a su cuidado"
Probada la responsabilidad del dependiente, se presume la responsabilidad del guardián (presunción general)
La responsabilidad vicaria es de derecho estricto
La responsabilidad por el hecho ajeno supone dos cuasidelitos
RESPONSABILIDAD POR EL HECHO DE INCAPACES
Dementes
Prueba
Por regla general, debe probarse por quien la alega
Excepcionalmente, se presume la responsabilidad, en el caso del artículo 2321
Menores
PRESUNCIÓN GENERAL DE RESPONSABILIDAD POR EL HECHO DE PERSONAS QUE ESTÁN BAJO CUIDADO
Casos
Los guardadores por el hecho de los pupilos
Los jefes de colegios y escuelas por los discípulos
Los padres por los hijos menores que habitan en la misma casa
Situación de la mujer casada bajo sociedad conyugal
Responsabilidad del empresario por el hecho de sus dependientes
Requisitos
Delito o cuasidelito del dependiente
Vínculo de autoridad
Que ocurra con ocación de la función (empresario)
Fundamento: relación de autoridad
RESPONSABILIDAD DE LAS PERSONAS JURÍDICAS
Por el hecho propio
De sus representantes