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MEDIOS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES (POR LA SATISFACCIÓN DEL CRÉDITO…
MEDIOS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES
POR LA SATISFACCIÓN DEL CRÉDITO CON UNA PRESTACIÓN DIVERSA A LA PACTADA ORIGINALMENTE
DACIÓN EN PAGO
DEFINICIÓN
MODALIDAD DE CUMPLIMIENTO QUE EXTINGUE LA OBLIGACIÓN MEDIANTE LA SUSTITUCIÓN DEL OBJETO, PREVIO CONSENTIMIENTO DEL ACREEDOR
REQUISITOS
OFRECIMIENTO DEL DEUDOR DE CUMPLIR CON UNA PRESTACIÓN DIVERSA A LA PACTADA
QUE EL BIEN SEA PROPIEDAD DEL DEUDOR
EL CONSENTIMIENTO DEL ACREEDOR
QUE LA OBLIGACIÓN SE CUMPLA EN EL PLAZO CONVENIDO
COMPENSACIÓN
DEFINICIÓN
MEDIO DE EXTINGUIR LAS OBLIGACIONES CUANDO DOS SUJETOS REÚNEN CUALIDADES DE ACREEDOR Y DE DEUDOR MUTUAMENTE, POR LO QUE LAS DEUDAS ENTRE AMBOS SE EXTINGUIRÁN HASTA EL MOMENTO DE LA MAYOR
REQUISITOS
QUE AMBAS OBLIGACIONES SEAN PRINCIPALES
QUE LAS DEUDAS CONSISTAN EN DINERO O BIENES FUNGIBLES
QUE AMBAS OBLIGACIONES SE VEAN LIQUIDAS Y EXIGIBLES
CLASIFICACIÓN
LEGAL
ENCUENTRA SU ORIGEN EN LA LEY
CONVENCIONAL
VOLUNTAD DE LAS PARTES
FACULTATIVA
DEPENDE DEL ACREEDOR TITULAR DE UN CRÉDITO TITULAR DE UN CRÉDITO CON EL CARÁCTER DEL NO COMPENSABLE
JUDICIAL
DECRETADA POR AUTORIDAD JUDICIAL
NOVACIÓN
DEFINICIÓN
CONVENIO QUE EXIGE UNA OBLIGACIÓN PREVIA PARA CREAR UNA NUEVA QUE LA SUSTITUIRÁ, LA CUAL DEBE SER COMPATIBLE CON LA PRIMERA, RESPECTO A SUS ELEMENTOS ESENCIALES
CONFUSIÓN
REUNIÓN DE CUALIDADES DE ACREEDOR Y DE DEUDOR EN UNA MISMA PERSONA
EXTINGUE LA OBLIGACIÓN, AUNQUE LA LEY PREVIENE LA POSIBILIDAD DE QUE SEA DE CARÁCTER TEMPORAL
SIN LA SATISFACCIÓN DEL CRÉDITO
REMISIÓN DE DEUDA
CONSISTE EN EL PERDÓN QUE OTORGA EL ACREEDOR FAVORECIENDO AL DEUDOR, AL EXIMIRLO DEL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN
CLASIFICACIÓN
TOTAL
SE CONDONA LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL Y SUS ACCESORIOS
PARCIAL O QUITA
SE HACE RESPECTO A UNA PARTE DE LA DEUDA, YA SEA LA PRINCIPAL O ACCESORIOS
EFECTOS
EL PERDÓN DE LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL EXTINGUE LOS ACCESORIOS
EL PERDÓN DE LAS OBLIGACIONES ACCESORIAS, MANTIENE VIGENTE LA PRINCIPAL
PRESCRIPCIÓN NEGATIVA
MEDIO PARA LIBERARSE DE LAS OBLIGACIONES MEDIANTE EL SIMPLE TRANSCURSO DEL TIEMPO Y CUANDO SE CUMPLAN LAS CIRCUNSTANCIAS EXIGIDAS POR LA LEY
REQUISITOS
INACTIVIDAD DEL ACREEDOR PARA OBTENER EL PAGO
QUE TRANSCURRAN LOS PLAZOS LEGALES (2-10 AÑOS)
TERMINO RESOLUTORIO
ACONTECIMIENTO FUTURO DE REALIZACIÓN CIERTA DEL QUE DEPENDE LA EXTINCIÓN DE LOS EFECTOS DE LA OBLIGACIÓN
CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
HECHOS PROVENIENTES DE LA NATURALEZA O DE VOLUNTAD DEL HOMBRE, QUE SIENDO EXTRAÑOS AL OBLIGADO, LO AFECTAN JURÍDICAMENTE IMPIDIÉNDOLE TEMPORAL O DEFINITIVAMENTE EL CUMPLIMIENTO PARCIAL O TOTAL DE UNA OBLIGACIÓN, SIN QUE TALES HECHOS LE SEAN IMPUTABLES DIRECTA O DIRECTAMENTE POR CULPA