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Ley 1943( LEY DE FINANCIAMIENTO) (Modificaciones (A partir del 2019 se…
Ley 1943( LEY DE FINANCIAMIENTO)
¿QUE ES?
Son modificaciones que sufre el régimen tributario, en estas modificaciones se cambian o se añaden nuevos artículos al este mismo.
Modificaciones
Se modificó el listado de bienes y servicios excluidos de IVA consagrados en los artículos
424, 426 y 476 del Estatuto Tributario.
articulo 437
Se adicionó al artículo 437 del Estatuto Tributario, en lo referente a directrices sobre el
cumplimiento de deberes formales en materia de IVA por parte de prestadores de servicios
desde el exterior.
Por los años 2019, 2020, 2021, se crea un impuesto extraordinario al patrimonio a cargo
de
personas naturales y sucesiones líquidas contribuyentes del impuesto sobre la
renta
personas naturales nacionales o extranjeras que no tengan residencia en el país,
respecto del patrimonio poseído directamente en el país
personas naturales nacionales
o extranjeras que no tengan residencia en el país
sucesiones ilíquidas de causantes
sin residencia en el país al momento de su muerte respecto de su patrimonio
sociedades o entidades extranjeras no declarantes del impuesto sobre la
renta, respecto de sus bienes poseídos en Colombia
Modificaciones
A partir del 2019 se adiciona una retención en la fuente del impuesto de renta del 7,5%
sobre las utilidades que hubiesen sido susceptibles de ser distribuidas a sociedades
nacionales como ingreso no constitutivo de renta o ganancia ocasional. El componente
gravado sobre las utilidades distribuidas vía dividendos se gravará a la tarifa señalada en
el artículo 240 del Estatuto Tributario, caso en el cual la retención en la fuente señalada
anteriormente, se aplicará una vez disminuido este impuesto.
Esta retención no aplica para el caso de contribuyente que hagan parte de un grupo
empresarial o que pertenezcan al régimen holding
Modificaciones
Se crea un régimen especial denominado mega inversiones a partir del 1 de enero de 2019
por 20 años, para los contribuyentes de renta que generen al menos 250 empleos directos
y realicen nuevas inversiones dentro del territorio nacional con valor igual o superior a
30.000.000 UVT (COP $1.028.100.000.000 en el año 2019) en cualquier actividad
comercial, industrial y/o de servicios.