Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
GOBIERNO DEL PASCUAL BRAVO (CONSEJO DIRECTIVO (es el máximo órgano de la…
GOBIERNO DEL PASCUAL BRAVO
CONSEJO DIRECTIVO
es el máximo órgano de
la institución y estará integrado por:
Un decano, en representación de las directivas académicas, designado por el Consejo
Académico.
El Ministro de Educación Nacional o su delegado.
Un profesor vinculado de tiempo completo o medio tiempo de la institución y su suplente,
elegidos mediante votación secreta por los profesores vinculados a la institución
Un miembro designado por el Presidente de la República
Un estudiante de la institución y su suplente, elegidos mediante votación secreta por los
estudiantes con matrícula vigente.
El Alcalde del Municipio de Medellín o su delegado
Un egresado de la institución y su suplente, designado por el Consejo Directivo de terna
presentada por los egresados miembros de los Consejos de Facultad.
Un representante del sector productivo, elegido por el Consejo Directivo de terna
presentada por el comité intergremial de Antioquia a solicitud del mismo Consejo.
Un exrector universitario elegido por el Consejo Directivo, de terna presentada por el
Presidente del Consejo.
El Rector de la institución, con voz y sin voto
Actuará como Secretario del Consejo Directivo, el Secretario General de la institución o
aquel a quien el Consejo le asigne la función.
FUNCIONES
Expedir o modificar tanto el Estatuto General de la institución, el estatuto estudiantil,
el estatuto de personal administrativo, el estatuto de personal docente
Designar a los decanos, evaluarlos y removerlos.
Aprobar el proyecto de presupuesto anual de la entidad
Designar al Rector, evaluar su gestión y removerlo, según convocatoria y
reglamento que expida el Consejo Directivo.
Formular a propuesta del representante legal, la política de mejoramiento continuo
de la entidad
Examinar y aprobar anualmente, o cuando lo considere necesario los estados
financieros de la institución.
Definir las políticas académicas, administrativas y de planeación institucional,
Evaluar el informe trimestral de la Rectoría, sobre el Plan de Desarrollo, inversión,
operativo y académico y dar las recomendaciones pertinentes.
Definir la política de admisiones, previa recomendación del Consejo Académico.
Formular, a propuesta del representante legal y previo concepto del Consejo
Académico
CONSEJO ACADÉMICO
Es la máxima autoridad
académica de la institución y órgano asesor del Rector. Está integrado por:
Los decanos de la institución
Los vicerrectores de la institución
Un profesor
El representante de los profesores tendrá un
período de dos años, siempre y cuando conserven las calidades con las que fue elegido.
El Rector, quien lo presidirá.
El Rector es el representante legal y la primera autoridad
ejecutiva de la institución
El Rector será designado por el Consejo Directivo para un período de
cuatro (4) años,
Un estudiante
El representante de los estudiantes tendrán un
período de dos años, siempre y cuando conserven las calidades con las que fue elegido.
DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
DEBERES
Dar tratamiento respetuoso a las autoridades académicas, profesores, compañeros y
demás estamentos de la Institución.
Asistir a las clases y demás actividades académicas a que se ha comprometido con la Institución.
No incurrir en fraude en su trabajo académico
Cumplir las obligaciones que se deriven de la Constitución Política, las Leyes, el
Estatuto General, el presente Reglamento y demás Normas de la Institución.
Respetar el ejercicio del derecho de asociación de las diferentes comunidades
institucionales.
Cumplir todas las obligaciones inherentes a su calidad de estudiante.
No impedir, ni tratar de impedir el normal ejercicio de las actividades de la Institución
Acatar las sanciones disciplinarias que finalmente le impongan las autoridades
competentes de la Institución
No incurrir en el porte ilegal de armas o explosivos.
Mantener un adecuado nivel académico en las asignaturas que ofrece la Institución.
Observar buen comportamiento dentro de la Institución y en los sitios, bienes y actos
en donde represente a la misma
Abstenerse de ejercer actos de discriminación política, racial, religiosa o de otra índole
DERECHOS
Dirigir sus peticiones por intermedio de los representantes estudiantiles legalmente
elegidos, a los diferentes organismos asesores y de gobierno institucional.
Ser oído en descargos e interponer, según proceda los recursos de reposición y
apelación
Ejercer el derecho de libre asociación
Elegir y ser elegido en los diferentes órganos colegiados que corresponde a los
estudiantes en armonía con las normas vigentes
Ser atendido en las solicitudes presentada
Beneficiarse de las prerrogativas que se deriven de la Constitución Política, de las
Leyes, del Estatuto General y demás normas de la Institución
Acceder a las fuentes
de información científica, investigar los fenómenos de la naturaleza y de la socieda
Disfrutar de los servicios, descuentos y beneficios contemplados en las leyes y los
reglamentos.
Recibir un tratamiento respetuoso de todos los miembros activos de la Institución
Recibir un alto nivel académico en las asignaturas que ofrece la Institución
Presentar peticiones respetuosas por escrito a las instancias competentes.
Recibir el reglamento estudiantil vigente en los medios dispuestos por la Institución.
FUNCIONES
Conceptuar ante el Consejo Directivo en relación con el estatuto general de la
institución, el reglamento de personal docente y el reglamento estudiantil.
Recomendar al Consejo Directivo la creación, suspensión o supresión de programas
académicos, al tenor de las normas legales.
Decidir sobre el desarrollo académico de la institución en lo relativo a docencia
Conceptuar ante el Consejo Directivo sobre la creación, modificación o supresión de
unidades académicas.
Diseñar las políticas académicas y de evaluación en lo referente al personal docente
y estudiantil.
Rendir informes cada 6 meses al Consejo Directivo.
Modificar los planes de estudio de los diferentes programas académicos, sin alterar la
estructura básica de los mismos, de acuerdo con la normatividad vigente
Recomendar al Consejo Directivo la política de admisiones.
Determinar el calendario académico.
Designar a un decano como su representante al Consejo Directivo.
Recomendar las distinciones que reconocerá el Consejo Directivo a los docentes y a
los empleados.
Definir las políticas y adoptar los programas de investigación que deba desarrollar la
institución.
Las demás que le sean explícitamente asignadas y correspondan a la naturaleza de
sus funciones.
Resolver las consultas que le formule el Rector y sean de su competencia.
CONSEJO DE FACULTAD
Cada Consejo Facultad estará integrado por:
Los jefes de departamento o de unidad de la respectiva facultad
El Decano, quien lo presidirá.
Un egresado graduado, de la respectiva Facultad sin vínculo laboral con la institución,
Un profesor de la respectiva Facultad elegido mediante votación secreta por el
cuerpo profesoral de la misma.
Un estudiante de la respectiva unidad, elegido mediante votación secreta por los
estudiantes de la misma.
JUNTA DE
LICITACIONES
El control fiscal será ejercido en la institución por la Contraloría municipal, en
los términos que dispongan las normas aplicables a tal materia.
. La entidad tendrá una Junta de Licitaciones y Adquisiciones integrada por
El Jefe (a) de Presupuesto o quien haga sus veces.
El Jefe (a) de la Oficina Jurídica o quien haga sus veces.
El Secretario (a) General.
La Secretaría
Vicerrector (a) Administrativo
El Rector o su delegado quien lo presidirá
FUNCIONES
Las demás que se le asignen conforme a las normas legales y reglamentarias
Velar por el cumplimiento de los principios y actuaciones contractuales
Estudiar y analizar las propuestas que formulen los licitantes, concursantes,
proponentes u oferentes y recomendar la adjudicación
Revisar los pliegos de condiciones o términos de referencia correspondientes a las
licitaciones, concursos y convocatorias públicas