b) Se repela una agresión real, actual o inminente, siempre que exista necesidad de la defensa y racionalidad de los medios empleados. Se presumir{a como defensa legítima, salvo prueba en contrario, el hecho de causar daño quien por cualquier medio trata de penetrar o haya penetrado sin derecho al hogar del agente, al de su familia, o sus dependencias o a los de cualquier persona que tenga la obligación de defender