la Ley Orgánica de Educación Pública de 1942 establecía que la educación deberá fomentar el íntegro desarrollo cultural de los educandos dentro de la convivencia social, preferentemente en los aspectos físico, intelectual, moral, estético, cívico, militar, económico, social y de capacitación para el trabajo útil en beneficio colectivo; además excluirá toda enseñanza o propagación de cualquier credo o doctrina religiosa, lo que contribuirá a desarrollar y consolidar la unidad nacional excluyendo toda influencia sectaria, política y social (Arnaut y Giorguli, 2010).