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Residentes en México Art. 9 CFF (Personas Físicas (Art. 90 Disposiciones…
Residentes en México Art. 9 CFF
Personas Físicas
Casa habitación en México
Residencia constante y asiento principal
Permanencia y establecimiento en el lugar
Art. 5 RCFF Habiten temporalmente con fines turísticos y su centro de intereses vitales no se encuentre en territorio nacional
Centro de intereses vitales en territorio nacional
Si tiene 2 casas habitación, se considera residente en México si su centro de intereses vitales se encuentra en territorio nacional
Más del 50% de los ingresos totales se ubica en Mex.
Centro principal de sus actividades profesionales
Las de nacionalidad mexicana
Personas Físicas
Art. 90 Disposiciones Generales
PF que realicen act. empresariales o presenten servicios en el país.
Ingresos en efectivo, bienes, devengados o cualquier otro tipo.
Ingresos menos deducciones, más la utilidad gravable
Ingresos provenientes del extranjero
Los contribuyentes no los considerarán para los efectos de los pagos provisionales
Préstamos, donativos y premios que excendan de
$600,000
informarlo
Art. 150
Ingresos totales superiores a
$500,000
deberán declarar la totalidad de sus ingresos
Objeto de impuesto
Art. 94 LISR
Ingreso: prestación de servicios, salarios y demás prestaciones que deriven de una relación laboral
Ingresos excentos
Art. 93 LISR
Prestaciones al salario mínimo y superiores
Excedente de las prestaciones enunciadas