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El cheque (se divide en : (CLASES DE CHEQUES (a. Cheque eruzado.:que se…
El cheque
se divide en :
TRANSFERENCIA
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al prohibirse el giro de cheques al portador, ya no es posible hacer circular estos valores mediante una simple entrega. Por lo tanto, las alternativas para transferir los derechos incorporados al cheque son la cesión y el endoso
Los cheques que se emitan por sumas superiores al monto antes determinado, no pueden ser endosados y solo de- ben ser pagados a su primer beneficiario
CLASES DE CHEQUES
a. Cheque eruzado.:que se le hacen dos líneas paralelas sobre el anverso , si se pone un nombre de banco específico, es un cruzamiento especial. Si no existe un nombre específico, es general.
b) Cheque certificado.- El cheque que contenga la palabra “certificado”, escrita, fechada y firmada por el banco contra el que se ha girado el mismo
tiene valor únicamente en el caso de que conste en un che- que a la orden; pues de lo contrario se en- tiende como no escrita. Este cheque no es negociable como valor a la orden (por en- doso), y el beneficiario puede hacerlo efectivo directamente o por intermedio de un banco.
e) Cheque para acreditar en cuenta.- El girador o el tenedor del cheque pueden prohibir su pago en efectivo, insertando en el anverso la mención transversal “para acreditar en cuenta” u otra expresión equivalente
ENDOSO
a.• en endoso transmite todos los derechos resultantes del cheques.
b. el endoso debe especificar claramente el nombre del endosatario
c.• el endoso debe ser puro y simple
d.• el endoso parcial es nulo
1.se impiden los endosos especiales valor al cobro y valor en garantía
2.Es igualmente nulo el endoso de personas jurídicas o del girado. Por lo tanto solo podrán endosar cheques personas natura- les, por una sola vez,
FORMA DE GIRAR UN CHEQUE
1.se prohíbe el giro de cheques al portador y también se prohíbe el endoso de cheques por parte de beneficiarios personas jurídicas
2.tradicionalmente se ha admitido que los cheques se giren en forma nominativa, a la orden o al portador
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REQUISITOS
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1.• la palabra cheque constante en el texto mismo del documento y en el idioma empleado para su redacción.
2.• la orden pura y simple de pagar una suma determinada de dinero
3.• el nombre de la institución bancaria que debe pagar el cheque, o nombre del banco girado.
4.• la indicación de la fecha y lugar de emisión del cheque.
•5. la firma del girador del cheque.
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CÁMARA DE COMPENSACIÓN
cheque depositado por el portador en otra cuenta bancaria) equivale a la presentación para el pago. Por lo tanto, también en este caso el cheque debe ser pagado o protestado.
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PROTESTO
está regulado
• El banco debe protestar el cheque cuando en la cuenta corriente no haya fon- dos suficientes para pagarlo
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• el banco cobrará al girador una multa del 10 % sobre el valor de cada cheque pro- testado por insuficiencia de fondos,
• el cheque no pagado por insuficiencia de fondos y protestado dentro del plazo de presentación constituye título ejecutivo.
• si un girador incurriere en tres protestos no justificados o en un protesto posterior al máximo susceptible de justificación (tres en un año calendario), el banco proce- derá de inmediato al cierre de la cuenta por un año,
CUENTA CERRADA
Cerrada o cancelada una cuenta y comunicado el cierre o cancelación al titular no se admitirá revocatoria de un cheque
El pago con un cheque girado contra una cuenta previamente cerrada ha sido calificado por la jurisprudencia como un delito de estafa
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PERDIDA, DETERIORO, DESTRUCCION Y SUSTRACCION
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ACCION PENAL
Código Penal (Art. 368) prevé una sanción de carácter penal, para el caso de cheques girados sin tener provisión de fondos, siempre que: el cheque haya sido presentado al cobro y protestado; que se haya hecho conocer ese protesto al girador; y, que el girador no haya cubierto la cantidad correspondiente dentro de las veinticuatro horas de habérsele hecho conocer el protesto.
DURACION DE LA RETENCION
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• el girado deje sin efecto la orden de no pago; y,
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REVOCATORIA
El girador podrá revocar un cheque mediante comunicación al.banco, con su firma registrada, determinando el motivo por el cual lo hace y la cantidad por la cual fue girado el cheque, el número de éste y de la cuenta corriente y la designación del beneficiario
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DEFECTOS DE FORMA
El banco no debe protestar un cheque por defectos de forma (falta de una firma registrada, falta de sellos, inconformidad en las cifras u otros de variada naturaleza), sino que en conformidad con la Ley puede rechazarlo haciendo constar la leyenda "Devuelto por defecto de forma consistente en ..."
El banco llevará un registro de los cheques devueltos por esta causa, con mención del titular, números de la cuenta y del cheque, fecha y hora de la devolución.
PRESCRIPCION DE ACCIONES
La Ley de Cheques,dispone los siguientes plazos de prescripción:
• el portador o tenedor tiene seis meses desde la fecha de vencimiento del plazo de presentación del cheque (veinte o noventa días) para reclamar en contra del girador del cheque, los endosantes y demás obligados
• las acciones entre los diferentes obliga- dosal pago deben intentarse dentro de seis meses contados a partir de la fecha en que un obligado ha pagado el cheque o desde la fecha en que se ha ejecutado una acción contra él
1.instrumentos básicos en la actividad bancaria y es un medio de pago aceptado por la ley.
2.es una orden incondicional que el girador da a una institución financiera autorizada para recibir depósitos monetarios a la vista (cuenta corriente), de pagar una cantidad de dinero.
3.Es prohibido pactar intereses en un cheque ya que se entenderá como no escrita