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Sistema Nacional de Salud (Distrib. competencias (Art.17 (Dictar medidas…
Sistema Nacional de Salud
Art. 1
Busca dar cumplimiento al derecho de protección de la salud.
Art. 6
Buscar bienestar
Impulsar desarrollo familiar
Servicio a la salud
Mejorar condiciones del ambiente
Administrar
Modificar patrones culturales
Art.7 (SS)
Coordina programas de servicios de salud
Evalúa programas y servicios de salud.
Programa las actividades del sector salud
Da recomendaciones a dependencias sobre la asignación de los recursos
Impulsa a actividades científicas y tecnológicas.
Coadyuva a la formación y distribución congruente de los recursos
Art. 8
Delimita los universos de usuarios y la instituciones de salud que subrogan los servicios
Art. 9
Gobiernos coadyuvaran de acuerdo al funcionamiento del Sistema Nacional de Salud
Art. 10
Secretaría de Salud busca la participación de los prestadores de servicios de salud públicos, sociales y privados en el SNS.
Art.12
Rige la competencia de las autoridades sanitarias en planeación, regulación, organización y funcionamiento del SNS.
Distrib. competencias
Art.13
Organiza y opera los servicios de salud,
Pomueve, orienta, fomenta y apoya acciones de salubridad
Dicta normas oficiales mexicanas
Delimitar el alcance y estrategias para el cumplimiento del SNS
Coordina y vigila el cumplimento de la Ley General de Salud.
Art.15 y 16
Consejo se regirá por un reglamento interior, desarrollado por los integrantes
Requiere aprobación del Presidente de la república.
Depende del Presidente de la Republica
Art.17
Dictar medidas contra alcoholismo, sustancias tóxicas (cigarro)
Generar listas de establecimiento de procesamiento de medicamentos, enfermedades transmisibles prioritarias y no transmisibles más frecuentes, fuentes de radiación ionizante
Competencias del consejo de salubridad general
Opinar sobre programas, investigaciones y formación de recursos humanos en la salud
Analiza disposiciones legales y propone reformas
COFEPRIS
Art. 18
Atribuciones federales y de las entidades federativas en los servicios de salubridad se establecerán por convenios con la Secretaría de Salud
Art.19
La federación y las entidades federativas darán los recursos materiales, humanos y financieros necesarios para la operación de servicios de salubridad
Art.20
Estructuras administrativas
Art.21
Acuerdos de coordinación
Art. 22
Los ingresos que se obtengan de los servicios de salubridad general se afectaran en la forma que establezcan la legislación fiscal aplicable.