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Territorio, residente y domicilio fiscal (Art. 8 (Para efectos fiscales…
Territorio, residente y domicilio fiscal
Art. 8
Para efectos fiscales
México, es el país y territorio nacional
-
Art. 9
Residentes
-
Personas morales
Cuando hayan establecido en México la administración principal del negocio o
su sede de dirección efectiva
Las personas físicas o morales que dejen de ser residentes en México de conformidad con este
Código, deberán presentar un aviso ante las autoridades fiscales, a más tardar dentro de los 15 días
Art. 10
Domicilio Fiscal
-
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C) Cuando no cuente con un local, pero realice sus actividades su casa habitación
Personas Morales
a) Cuando sean residentes en el país, el local en donde se encuentre la administración
principal del negocio
b) Si se trata de establecimientos de personas morales residentes en el extranjero,en el lugar donde se encuentre su local