Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
Incoterms 2010 Incoterms (Son normas acerca de las condiciones de…
Incoterms 2010
Son normas acerca de las condiciones de entrega de las mercancías
Se usan para dividir los costos de las transacciones comerciales internacionales
Delimita las responsabilidades entre el comprador y el vendedor
INCOTERMS Modo
Multimodal.
CIP
transporte y seguro pagado hasta
El vendedor debe responsabilizarse de hacer llegar la mercancía al punto de destino acordado con el comprador a bordo del medio de transporte que el vendedor decida, así como del pago del coste del flete internacional y del seguro.
CPT
transporte pagado hasta
El vendedor paga los costes de operación y transporte para hacer llegar la mercancía al punto convenio, lo que incluye gastos y tramites de exportación, despacho aduanero y transporte internacional.
DDP
entrega de derechos pagados
El vendedor cumple su obligación de entrega cuando coloca la mercancía en el punto de destino acordado, ya despachada d aduana y con os gatos pagados, el vendedor corre con los gastos y el riesgo hasta el momento de entrega.
FCA
libre transportista
el vendedor cumple con sus obligaciones cuando ha depositado la mercancía en la aduana de exportación e incluye gastos como manipulación, transporte, descargue y costos aduaneros.
DAP
entrega en lugar de destino convenio
El vendedor asume todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro(no obligatorio) hasta que la mercancía se despacha en la terminal definida, asumiendo los riesgos hasta el momento.
EXW
en fabrica
El vendedor cumple su obligación una vez pone la mercancía en su establecimiento a disposición del comprador. por lo tanto no se responsabiliza sobre el seguro, transporte o despacho y tramite aduanero
DAT
entrega en terminal
El vendedor cumple su obligación de entrega cuando coloca la mercancía sobre el muelle del puerto de destino acordado a disposición del comprador.
INCOTERMS Modo
Marítimo.
Se usan para vías marítimas o fluviales navegables.
EXW
en frabrica
La única responsabilidad del vendedor, es poner su mercancía a disposición del comprador en su propio local.
FAS
franco al costado del buque
El vendedor se hace responsable de colocar la mercancía en el lugar indicado en la cotización.
El vendedor deberá estar atento a los usos y costumbres del puerto, así como las características técnicas del puerto para evitar sobre costes.
FOB
franco a bordo
El vendedor se responsabiliza de colocar la mercancía a bordo de una nave en el puerto indicado en el contrato de venta
El vendedor soporta todos los riesgos y gastos hasta el puerto de embarque, a partir de ese momento el comprador corre con los costes de seguro y riesgo de la mercancía.
CFR
coste y flete
El vendedor debe hacer el despacho de la mercancía para su exportación.
El vendedor debe pagar los Costos y el Flete necesario para transportar la mercancía al destino indicado, lo que incluye todos los gastos de exportacion y despacho aduanero.
CIF
coste, seguro y flete
Similar al CFR, el vendedor también debe contratar un seguro marítimo para la mercancía del comprador.
el vendedor ha de pagar los costes y el flete internacional necesarios para hacer llegar la mercancía al puerto de destino, ademas cubre los gastos de exportación y despacho aduanero. cualquier otro gasto adicional después de traspasar la borda del buque corren por cuenta del comprador.
DAT
entrega en terminal
El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía es puesta a disposición del comprador.
En los inconterms 2000 desaparece la obligación de despachar de aduana para la importación, en la terminal, puerto o aeropuerto por parte del vendedor.
DAP
entrega en lugar
el comprador será el responsable de entregar la mercancía en el lugar convenido sin que descargue la mercancía del medio de transporte contratado por él, pero preparadas para su descarga.
DDP
entrega derechos pagados
El vendedor se hace cargo de todo, incluyendo los procedimientos necesarios para el despacho de la mercancía y el pago de los derechos aduaneros.