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Beneficios del trabajador en dependencia (Pago por horas extras y…
Beneficios del trabajador en dependencia
Afiliación al IESS
Los trabajadores que están afiliados al IESS tienen derecho a un seguro por enfermedad, maternidad, invalidez, vejez, cesantía, muerte y de Riesgos de Trabajo, en las mismas condiciones que se otorga para el seguro general.
Dos tipos de aportes:
Aporte del patrono que corresponde al 11,15%
Aporte del trabajador de 9,45%
Pago de la Decimotercera Remuneración
Es un beneficio que reciben los trabajadores la cual corresponde a una remuneración equivalente a la doceava parte de las remuneraciones que hubiera percibido el año calendario.
El décimo tercer sueldo no considera:
Calculo de impuesto a la renta
Pago de aporte al IESS
La determinación del fondo de reserva
La determinación de la jubilación
El pago de las indemnizaciones y vacaciones
El periodo de calculo es desde el 1 de diciembre del año anterior al 30 de noviembre del año en curso. Los trabajadores pueden recibir de forma mensual o anual hasta el 24 de diciembre del año en curso
Base de calculo
Remuneración básica+tiempo extras+comisiones+otras retribuciones accesorias permanentes
Calculo del décimo tercero
Se suman todas las remuneraciones recibidas por el trabajador durante el periodo de cálculo y se divide para 12.
Pago por horas extras y suplementarias
Las horas trabajadas fuera de la jornada de trabajo se les conoce como extras o suplementarias dependiendo los días y horas en las que se realicen.
La horas extras no podrán exceder de cuatro en un día, ni de doce en la semana.
Jornada diurna:
Horario de trabajo desde las 6:00 y las 19:00
Jornada nocturna:
Horario de trabajo desde las 19:00 y las 6:00 horas. El trabajo dentro de este horario se debe pagar con el 25% de recargo.
Horas trabajadas luego de la jornada (diurna o nocturna) de trabajo hasta las 24.00 se pagan con el 50% de recargo.
Horas trabajadas en sábado, domingo o feriado se pagan con el 100% de recargo.
Calculo la hora de trabajo:
El sueldo mensual lo dividimos para 30 días, obteniendo el sueldo diario.
Luego, el sueldo diario lo dividimos para el numero de horas de trabajo de la jornada. El resultado es el pago de tu sueldo por hora de trabajo.
Calculo de horas extras en Ecuador:
Obtenga el valor por hora de trabajo
Identificar la jornada de trabajo, el dia y horario de las horas extras
El valor de su hora de trabajo se debe multiplicar por 25% (1,25); 50% (1,50); 100% (2)
Pago de la Decimocuarta Remuneración
Periodo de calculo del décimo cuarto sueldo
Trabajadores de la costa y región insular: Marzo 1 del año anterior a Febrero 28 del año del pago
Trabajadores de la sierra y oriente: Agosto 1 del año anterior a Julio 31 del año del pago
Calculo del décimo cuarto
Se cuentan los días calendario en los que se ha mantenido la relación laboral con el trabajador, para multiplicarlo por el Salario Básico Unificado vigente ala fecha de cálculo y el resultado se divide para 360 días.
En el caso de que el trabajador prefiera acumular el décimo cuarto recibiera el valor de 1 Salario Básico Unificado en el periodo de cancelación.
Pago del Fondo de Reserva
El trabajador o servidor publico tendrá derecho al pago mensual del Fondo de Reserva por parte de su empleador, en un porcentaje equivalente al 8,33% de la remuneración aportada al IESS después del primer año de trabajo.
Calculo del fondo de reserva:
Sueldo mensual x 8.33 / 100
Vacaciones anuales
Periodo de cálculo de vacaciones:
Por años de servicio
Forma de cálculo de vacaciones:
La forma de calcular el pago de las vacaciones, cosiste en dividir la remuneración recibida durante el año de servicio para veinticuatro.
Base de calculo de vacaciones:
Sueldo+Horas extras+comisiones+ otras retribuciones accesorias permanentes) Anual
Pago de Jubilación patronal
Para determinar la pensión jubilar, se debe seguir las normas fijadas por el IESS para la jubilación de sus afiliados, respecto de los coeficientes, tiempos e servicios y edad.
Se considera como "Hacer individual de jubilación" el formato por las siguientes partidas:
El fondo de reserva a que tenga derecho el trabajador
La suma equivalente al 5 % del promedio de la remuneración anual percibida en los últimos 5 años, multiplicados por los años de servicio
En ningún caso la pensión mensual de jubilación patronal puede ser mayor al salario básico unificado medio del ultimo año, ni inferior a 30 dolares americanos mensuales.
Forma de pago de la jubilación patronal:
La pensión jubilar se pagará mensualmente, el trabajador jubilado podrá pedir que el empleador le garantice eficazmente el pago de la pensión o se deposite en el IESS
El .trabajador jubilado puede pedir que el empleador le entregue directamente un fondo global sobre la base de un cálculo debidamente fundamentado y practicado, que cubra el cumplimiento de las pensiones mensuales y adicionales determinadas en la ley.
Licencia por Paternidad
El padre tiene derecho al permiso o licencia por paternidad con remuneración por 10 días por el nacimiento de su hijo/a por parto normal, en los casos de nacimientos múltiples o por cesárea se prolongará la licencia por 5 días más.
Licencia por Maternidad
La "futuras madres" afiliadas al seguro social tiene derecho a un permiso de maternidad correspondientes a 12 semanas remuneradas por motivo del nacimiento de su primogénito, estas doce semanas pueden ser tomadas incluso desde días o semanas antes de que produzca el nacimiento, sin embargo al cumplirse las 12 semanas tendrá que reincorporarse a sus labores normales. Únicamente en el caso de nacimiento múltiples esta licencia se extenderá por diez días mas.
Pago del subsidio por maternidad
Tienen derecho las afiliadas al Seguro General Obligatorio, Doméstico y Agrícola
La afiliada que trabaja en empresa privada, recibe un subsidio por maternidad equivalente a 75% de la remuneración declarada en el pago de aportes.
La afiliada que trabaja en instituciones públicas no recibe subsidio por maternidad, ya que su sueldo será completo durante las doce semanas de reposo
Pago de Utilidades
Consideraciones para el cobro de utilidades:
Se consideran como cargas a los cónyuges, los hijos menores de edad o los que tienen algún tipo de discapacidad.
Si está casado (a) debe presentar el certificado de matrimonio. Y si tiene hijos, las partidas de nacimiento.
Si una persona no inscribe su sentencia de divorcio en el Registro Civil continua casado en términos legales y, por lo tanto, el conyugue sigue siendo una carga con derecho a utilidades.
Los documentos deben entregarse antes que concluya la liquidación de utilidades por parte de la empresa.
Forma de pago: El 15% de las utilidades líquidas, se dividirán de la siguiente manera.
a. El 10% se dividirá entre todos los trabajadores de la empresa, sin consideración a remuneraciones recibidas por cada uno de ellos durante el periodo económico correspondiente y que será entregado directamente al trabajador.
b. Para el calculo de este 10% se tomará en consideración el tiempo de trabajo, sin realizar diferenciación alguna con el tipo de ocupación del trabajador.
c. El 5% restante será entregado a los trabajadores de la empresa, en proporción a las cargas familiares, los hijos menores de 18 años y los hijos discapacitados de cualquier edad.