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Teoría general de las obligaciones (Fuentes (declaración unilateral de…
Teoría general de las obligaciones
Fuentes
declaración unilateral de voluntad
gestión de negocios
enriquecimiento ilicito
hecho ilícito
contrato
hecho jurídico
tesis francesa
naturales
los fenómenos naturales que no producen efectos jurídicos
hechos jurídicos
que si producen efectos de derecho, siendo la creación de obligaciones y derechos
lato sensu
toda conducta humana o fenómenos de la naturaleza que el derecho considera para atribuirles consecuencias jurídicas
acto jurídico
manifestación exterior de la voluntad humana que nace con el fin de crear, transmitir, modificar o extinguir una obligación o un derecho
elemento psicologico
voluntario, personal, formado por el derecho objetivo
unilateral
una sola voluntad o varias pero encausadas a un mismo fin
plurilateral
requiere dos o mas voluntades que busquen efectos jurídicos distintos entre si
requiere de elementos que digan que existe
una o mas voluntades
la finalidad sea producir una consecuencia sancionada por el derecho
cumplir una solemnidad
hecho jurídico en estricto sentido
es la manifestación de la voluntad que genera efectos de derecho independientemente de la intención del autor de la voluntad para que esos efectos produzcan un hecho o naturaleza de ley
voluntario
la conducta humana que va de acuerdo con las leyes de orden publico
ilícito
conducta humana que va en contra de el orden publico
naturaleza
es un hecho de la naturaleza, donde para nada interviene la voluntad humana y que el derecho considera como dato para que se generen derechos y obligaciones
los requisitos de la validez
voluntad de personas capaces
voluntad de personas capaces que se expresen libremente
las voluntades que se opongan a alcanzar un fin ilicito
las voluntades que se externen en la forma prescrita de la ley
nulidad
nulidad absoluta
cuando el acto va en contra de lo que manda la ley
quienes la invocan
quienes participaron en esta
cualquier interesado
la inexistencia
nulidad relativa
tiene un vicio que va en contra de una disposición legal
quien la invoca
por cualquier interesado
no desaparece por la confirmación del acto
declarada por el juez