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CONTRATO DE PRECENTACION DE SERVICIOS. (El contrato de deposito. (I.-…
CONTRATO DE PRECENTACION DE SERVICIOS.
El contrato de deposito.
I.- Concepto.- Es aquel por virtud del cual una de las partes llamada depositario se obliga a recibir una cosa mueble o inmueble que la otra parte llamada depositante le confía para conservarla cuando esta se lo pida.
II.- Clases.
Secuestro convencional (Art. 2542 y 2543 C.C.)
Deposito irregular.
Deposito judicial (Art. 2544 y 2545 C.C.)
Deposito en garantia.
Deposito administrativo. (Art. 12 C.F.F.)
III.- Características.
Recae sobre vienes no fungibles.
No es traslativo de uso, goce ni dominio.
Los servicios que realiza el depositario son las de conservación.
Obligación de retribuir al depositario salvo pacto en contrario.
Es un contrato de precentacion de servicios.
VI.- Clasificación.
Consensual.
De tacto sucesivo.
Oneroso.
Definitivo.
Bilateral.
Nominado.
Principal.
V.- Elementos.
2.- Objeto .- Toda clase de bienes muebles o inmuebles no fungibles.
3,- Forma .- La ley no establece formas de terminada.
1.- Consentimiento
VI.- Presupuesto.
2.- Ausencia de vicios en el consentimiento y la licitud.- Trato en la parte general,
VII.- Consecuencias.
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VIII.- Causas de terminación.
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1.- Capacidad . Cualquier persona que tenga en su poder una cosa y otra que quiera custodiarla.
Deposito mercantil.
https://www.derecho.unam.mx/oferta-educativa/licenciatura/sua/Guias/Guias_1471/Quinto%20Semestre/Contratos_Civiles_5_semestre.pdf
Alumna.- Urrutia Carrillo Dulce Ariadna
Profr. Sara Paz Camacho