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ACUERDO 07 DE 1994 (ARTICULO 41:para acceder a los documentos…
ACUERDO 07 DE 1994
ARTICULO 41:para acceder a los documentos administrativos de los archivos públicos a la información contenida en estos es necesario esgrimir un interés de carácter articular o general
ARTICULO 42: La reserva legar sobre los documentos de archivo públicos cesara a los 30 años de expedición
ARTICULO 43: cuendo el mal estado de conservacion inpida el acceso directo a las instituciones archivistico suministraran la informacion contenida
ARTICULO 38: Los archivos oficiales incluirán en sus programas de trabajo los proyectos de descripción de documentos o análisis
ARTICULO 40: Todas las personas tiene derecho a absconder a los archivos públicos en los términos consagrados por el articulo 74
ARTICULO 39: Acceder a los instrumentos de consulta 1 los elementos de consulta existente en los archivos serán de libre absceso para las personas
ARTICULO 44: acceso a las sedes de archivo 1 se permite al acceso a las salas de investigación y consulta a las personas que estén debidamente acreditadas
ARTICULO 45: Requisitos pata la consulta quienes posean carnet de investigador expedido por un archivo del sistema nacional de archivo
ARTICULO 46: Los archivos establecerán un horario que facilite y garantice la oportuna consulta de investigación
ARTICULO 53: Servicio de reprografiara. las reproducciones serán realizadas por todos los servios de reprografia de los archivos
ARTICULO 54: Servicio de entidades publica. en todos lo casos, las entodades publicas tendran prelacion en la presentacion de servivios por parte de los archivos
ARTICULO 55: Coordinación del servicio de reproducir la dirección de los archivos, a través del servicio de documentos, coordinaran y supervisaran los proyectos
ARCHIVO 56: Programa de reproducción de documentos. en los posible los archivos tendrán seguridad del material documental que conserva
ARCHIVO 57: archivo de seguridad: la reprografia de los archivos constituirán archivos de seguridad integrado
ARTICULO 58: Nueva tecnología, se puede utilizar la tecnología para permitir registro y recuperación ágil de la información
ARTICULO 59: Conservación preventiva, conservación y restauración. el archivo general de la nación establecerá los criterios a seguir para ejecutar cualquier tipo de documento
ARTICULO 60: conservacion integral de la documentacion de archivo deben de implementar un sistema integrado de conservacion acorde con el sistema de archivo
ARTICULO 61: Condiciones y locales de edificios destinados a la conservación esto son destinados, pero deben cumplir las condiciones técnicas
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ARTICULO 29: Los documentos se colocaran en las unidades de conservación adecuados, que se identificaran por la correspondiente asignatura topográfica
ARTICULO 30: 1 Para transferencia regulares de fondo 2 por deposito voluntario 3 por donación o legado
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ARTICULO 03: Para efectos de reglamento y con miras a obtener unidad en la definición de criterios y enlaces de los términos mas generales
ARTICULO 04: Teniendo en cuenta los documentos a traves de la siguiente fase. 1º archivo de gestión o de o de las oficinas productoras 2º archivo central o intermedios
ARTICULO 35: Para garantizar la integridad, seguridad y conservación de los mismo eventos 1º motivos legales 2º procesos técnicos 3º petición de la entidad productora por conducto de su correspondiente 4º exposiciones
ARTICULO 36: Registro de salida temporal de documentos, las salidas temporales se ataran
ARTICULO 37: Como instrumentos de control, consulta y descripción a los archivos elaboraran guias, inventarios, catálogos, e indices
ARTICULO 9: Los funcionarios de archivo trabajo sujetos a los mas rigurosos principios de la ética profesional a las leyes que les confía la misión de organizar conservar y servir la documentación
ARTICULO 10: Obligaciones de los funcionarios de archivos que tiene la obligación de velar por la integridad autentica veracidad y fidelidad
ARCHIVO 7: Los archivos del sector publico dependerá para todos los efectos de las entidades en cuya estructura se encuentran ubicadas
ARTICULO 8: Los documentos de los archivos de gestión e intermedios son potencialmente parte integral del patrimonio documental
ARCHIVO 5: 1 Archivo general de la nación. Esta integrado por los tonos documentales procedentes de entidades oficiales 2 Archivo de orden nacional. Están integrados por los fondos documentales 3 Archivo de orden departamental. Están integrados por fondos documentales productivos por los organismo
ARCHIVO 6: El presente reglamento se aplicara en todas los archivos oficiales del orden nacional, departamental, distrital, municipal de las entidades territoriales indígenas
ARTICULO 27: La autorizan para la eliminación de los documentos sera responsabilidad del comité de archivo de cada entidad
ARTICULO 28: La clasificación de los fondos se realizara mediante un proceso de identificación y organización de las mismas sin excesivos y series
ARTICULO 23: valoración documental. las entidades oficiales elaboraran la respectiva tabla de retención
ARTICULO 24: Transferencia de documento con valor permanente los documentos que han cumplido su primara y segunda edad
ARTICULO 21: la organización de los archivos administrativos, estarán fundamentadas en las normas y reglamentaciones
ARTICULO 22: Los sistemas empleados para la gestión de documentos deberán incluir planes de organización de tipos diferentes
ARTICULO 50: restricciones en el préstamo de originales. como norma general se presentara reproducciones de los documentos solicitados
ARTICULO 51: obligaciones del investigador 1º cumplir con el reglamento de consulta del archivo 2º cumplir con las demás disposiciones atinentes al manejo de documentos
ARTICULO 52: Solicitud de ereproduccione de los documentos. en lo posible, las copias solicitadas por los investigadores
ARTICULO 33: los archivos podrán admitir en deposito documentos de propiedad privada o de atracciones
ARCHIVO 34: registro de deposito voluntario en el cual se ara costar los plazos de permanencia en el archivo
ARCHIVIO 11: El personal de archivo deberán cumplir los requisitos exigidos de acuerdo con la naturaleza
ARCHIVO 12: Las entidades tiene la obligación de capacitar y actualizar de los funcionarios de archivo. ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN Y OTRAS INSTITUCIONES
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ARCHIVO 18: Seguir el régimen de acceso y de transferencia y resolver con base en las disposiciones de la junta directiva las condiciones las consultas sabre eliminación
PARÁGRAFO: el comité de documentos estará integrados por el director del archivo
ARCHIVO 19: ( MODIFICADO, ARCHIVO 4º 1995) como un grupo asesor de la alta dirección responsable de definir las políticas
ARTICULO 20: Las entidades oficiales serán responsables de la gestión de documentos y de la administración de sus archivos
ARTICULO 01: Los archivos ahornar suyos los fines esenciales del estado en particular los de servir o la comunidad y garantizar la efectividad de los derechos y deberes.
los archivos son parte fundamental y constitutivos de la administración publica por su propia naturaleza son consustanciales a la gestión gubernamental, son parte necesarias para el fundamento del estado porque son una herramienta indispensable
ARTICULO 02: objeto del reglamento general de archivos el reglamento tiene por objetivo suministrar las pautas y principios que regulan la función
ARTICULO 25: para la aplicación del siguiente reglamento, se entiende todo eliminación la destrucción de los documentos
ARTICULO 26: El proceso de eliminación se ajustara a su realización a las pautas establecidas por la conjunta directiva del archivo general de la nación
ARTICULO 47: Sala de consulta 1 la investigacion y consulta de documetos se relizara en las salas o de`pendencias
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ARCHIVO 62: Responsabilidad de información de archivo. las entidades productivas de documentos oficiales, serán responsables del manejo directo y conservación del documento
ARTICULO 63: Sistema de almacenamiento y deposito de documentos. los archivos adaptaran estrategias técnicas y materiales
ARTICULO 64: Prevención de deterioro de los documentos de archivo de riesgos. los sistemas adelantaran controles sistematices y periódicos
ARTICULO 65: Conservacion de documentos originales. la documentacon, su soporte original consideradacion de valor permanente de mantener en directo soporte