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Requisitos legales para inscribirse en la BMV (Para la inscripción en el…
Requisitos legales para inscribirse en la BMV
Designación de los funcionarios responsables de proporcionar a la bolsa la información requerida sobre los valores y la empresa. Estos funcionarios deberán ocupar el cargo de director general o un equivalente
Autorizar el uso de las claves de identificación electrónica que la bolsa otorgue a los funcionarios, para sustitución de la firma autógrafa de éstos
Que tengan como mínimo un capital contable por un importe equivalente a 20 millones de unidades de inversión, con base en el estado de posición financiera dictaminando o con revisión limitada del auditor externo , cuyo cierre no sea mayor a cuatro meses de la fecha de presentación de la solicitud para la inscripción de los valores
Para la inscripción en el apartado de valores se tomará en consideración lo siguiente:
a. Capital contable
b. Utilidades operativas
c. Potencial de crecimiento
h. Calificacion crediticia otorgada por una institucion calificadora.
g. Solvencia moral de los accionistas de control, consejeros y principales directivos de las emisora o cualquier otra persona que tenga una obligación relacionada con los valores.
d. Accionistas de control e integrantes del consejo de administración
f. Historial crediticio de la empresa, de sus accionistas de control y consejeros.
e. Cumplimiento por parte de la emisora, de sus obligaciones con la Bolsa y con el mercado.
i. Garantias o avales de las emisoras
Que cuenten con un historial de operación de por lo menos tres años. Tratándose de sociedades de nueva creación, por fusión o escisión este requisito deberá acreditarse respecto de las sociedades fusionadas o de la sociedad descendiente, según corresponda.
Que la suma de los resultados de los últimos 3 ejercicios, arroje utilidades operativas
Que el número de valores a inscribir, sea por lo menos de 10 millones de títulos y su precio sea mayor a 1 unidad de inversión por valor
Que el numero de valores a inscribir, una vez celebrada la colocación o el alta correspondiente, representen por lo menos el 15% del capital social pagado de la emisora distribuido entre el público inversionista.
Que se alcance un numero de al menos 20 inversionistas, una vez realizada la colocación o el alta
Que los valores inscritos en México se distribuyan conforme a los siguientes criterios: a. Cuando al menos el 50% del monto total deberá colocarse entre personas que adquieran menos del 5%del monto total de los valores objeto de inscripción.