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UNIDAD 1: MARCO LEGAL Y CONCEPTUAL DE LA ATENCIÓN FARMACÉUTICA Melba…
UNIDAD 1:
MARCO LEGAL Y CONCEPTUAL DE LA ATENCIÓN FARMACÉUTICA
Melba Patricia Vásquez - UNAD
CONCEPTOS GENERALES DE LA NORMATIVIDAD
La normatividad tiene una jerarquía, en Colombia se distribuye así:
ConstituciónPolítica
Leyes
Decreto
Resolución
Circular
Las Normas
se clasifican en
IPS - Servicio Farmacéutico: Ej. -Decreto 2200 de 2005 -Decreto 2330 de 2006 -Resolución 1403 de 2007 -Resolución 2003 de 2014
Medicamentos: Decreto 677 de 1995
Dispositivos médicos: Resolución 4816 de 2008
Gases medicinales: Resolución 4410 de 2009
Marco Legal
Se extiende a la gestión y uso de medicamentos, dispositivos médicos, gases medicinales y productos afines en Colombia y a los servicios farmacéuticos en las IPS.
En Colombia se encuentra articulada y normada a partir de la ley 100 de 1993
La Ley 100 de 1993 define el Sistema General de Seguridad Social Integral
EL SERVICIO FARMACÉUTICO
Decreto 2200 de 2005 nos habla de todos los
procesos generales y específicos de los servicios farmacéuticos de las IPS.
Decreto 2330 de 2006 nos habla de los
procesos de inyectología y de toma de glicemia en las droguerías del país.
Resolución 1403 de 2007 nos establece
el manual de gestión de los servicios farmacéuticos.
Resolución 1403 de 2007: su objeto es determinar los criterios administrativos y técnicos generales del Modelo de Gestión del Servicio Farmacéutico y adoptar el Manual de condiciones esenciales y procedimientos del servicio Farmacéutico.
Funciones del Servicio farmacéutico: Administrativa Promoción Prevención Suministro Elaboración y adecuación -
Atención farmacéutica
Participación en programas Investigación Información Vigilancia de recursos y verificación de cumplimiento de actividades Participación en comités
Principios del Servicio farmacéutico: los fijados en la Constitución, la Ley y las demás disposiciones, entre ellos: Accesibilidad Conservación de la calidad Continuidad Eficacia Eficiencia Humanización Imparcialidad Integralidad Investigación y desarrollo Oportunidad Promoción del uso adecuado Seguridad
Clasificación
:
1. Servicio farmacéutico dependiente
: es el prestado por una institución prestadora de servicios de salud a pacientes hospitalizados y ambulatorios. Este servicio puede ser propio o contratado.
2.Servicio farmacéutico independiente
: es el que prestan los establecimientos farmacéuticos autorizados.
Establecimientos farmacéuticos: Servicio farmacéutico de las IPS Establecimientos farmacéuticos mayoristas Establecimientos farmacéuticos minoristas
Los Mayoristas son
:
Laboratorios farmacéuticos Depósitos de drogas
Agencias de especialidades farmacéuticas.
Los minoristas son:
Farmacia-droguería Droguería
Objetivos del servicio farmacéutico:
Promoción
Prevención
Suministro
Atención farmacéutica
Estructura del Servicio farmacéutico: Debe cumplir como mínimo con estos requisitos:
Recurso humano idóneo y suficiente para el cumplimiento de las actividades que realice
Tener dotación suficiente: equipos, instrumentos, bibliografía y materiales necesarios
Infraestructura física de acuerdo a su grado de complejidad o actividad a desempeñar
Inspección,vigilancia y control del Servicio Farmacéutico
Superintendencia nacional de salud Entidades territoriales de salud INVIMA
OBJETIVOS DEL SERVICIO FARMACÉUTICO
Ofrecer atención farmacéutica a los pacientes y realizar con el equipo de salud, todas las intervenciones relacionadas con los medicamentos y dispositivos médicos necesarias para el cumplimiento de su finalidad
Suministrar los medicamentos y dispositivos médicos e informar a los pacientes sobre su uso adecuado
Prevenir factores de riesgo derivados del uso inadecuado de medicamentos y dispositivos médicos y promover su uso adecuado
Promover y propiciar estilos de vida saludables
RECURSO HUMANO DEL SERVICIO FARMACÉUTICO
El servicio farmacéutico de baja complejidad estará dirigido por el Químico Farmacéutico o el Tecnólogo en Regencia de Farmacia
El servicio farmacéutico de alta y mediana complejidad estará dirigido por el Químico Farmacéutico
El servicio farmacéutico contará con personal de las calidades señaladas en la normatividad vigente para el ejercicio de cada cargo y en número que garantice el cumplimiento de los procesos propios de dicho servicio.
LEY 485 1998
:por medio del cual se reglamenta la profesión de Tecnólogo en Regencia de Farmacia y se dictan otras disposiciones.
Las entes territoriales que tienen a su cargo las funciones de inspección y vigilancia de los establecimientos farmacéuticos distribuidores mayoristas y minoristas desarrollarán dichas actividades con personal que ostente el título de Regente de Farmacia.
Participar en actividades de mercadeo y venta de productos farmacéuticos
Colaborar, bajo la dirección del Químico Farmacéutico, en el desarrollo de las actividades básicas de las prestación del servicio farmacéutico de alta y mediana complejidad.
Dar apoyo, bajo la dirección del Químico Farmacéutico, al desarrollo de las actividades básicas del sistema de suministro de medicamentos y demás insumos de la salud...
Dirigir establecimientos farmacéuticos distribuidores mayoristas de productos alopáticos, homeopáticos, veterinarios, preparaciones farmacéuticas, etc...
Dirigir el servicio farmacéutico de instituciones prestadoras de servicios de salud de baja complejidad...
Dirigir los establecimientos distribuidores minoristas de las Instituciones que integran el Sistema de Seguridad Social en Salud...
Requisitos para el ejercicio profesional del Regente de Farmacia:
Estar registrado en el Consejo Nacional de Tecnólogo en Regencia de Farmacia o en la institución que haga sus veces.
No estar sancionado por la autoridad pública competente.
Presentar título de Tecnólogo en Regencia de Farmacia, debidamente expedido por una institución de educación superior, de conformidad con la ley.
CONSEJO NACIONAL DE TECNÓLOGOS EN REGENCIA DE FARMACIA
Organismo consultivo del Ministerio de Salud en materia directamente relacionada con la Regencia de Farmacia, cuya inscripción será requisito indispensable para el ejercicio profesional. Conformado por:
Un delegado del Ministerio de Educación
Un delegado de las Asociaciones de Tecnólogo en Regencia de Farmacia
Un delegado del Ministerio de salud
Acerca de los
ESTABLECIMIENTOS FARMACÉUTICOS
DEPÓSITOS DE DROGAS
La dirección estará a cargo exclusivamente del Químico Farmacéutico y se someterán a procesos de:
Recepción y almacenamiento
Reenvase
AGENCIAS DE ESPECIALIDADES FARMACÉUTICAS
La dirección estará a cargo del Químico Farmacéutico o del Tecnólogo en Regencia de Farmacia. Se someterán a estos procesos:
Recepción
Almacenamiento
DROGUERÍAS
La dirección estará a cargo del Químico Farmacéutico, Tecnólogo en Regencia de Farmacia, Director de droguería, Farmacéutico licenciado o el Expendedor de drogas y tiene como procesos:
Recepción y almacenamiento
Dispensación
FARMACIAS-DROGUERÍAS
Las dirige exclusivamente el Químico Farmacéutico y tiene como procesos:
Recepción y almacenamiento
Dispensación
Preparaciones magistrales