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LEGISLACIÓN EDUCATIVA (Constitución Política (Todos tienen el derecho a la…
LEGISLACIÓN EDUCATIVA
Constitución Política
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Se reconoce que es finalidad de la educación panameña fomentar en el estudiante una conciencia nacional basada en el conocimiento de la historia y los problemas de la patria.
La educación oficial es gratuita en todos los niveles preuniversitarios.
Es obligatorio el primer nivel de enseñanza o educación básica general.
Ley 47 de 1946, Orgánica de Educación
Establece las Disposiciones Fundamentales que cuenta con un sólo capítulo que es Principios, Fines y Normas de la Educación, en donde se reconoce el derecho a todos los niños y jóvenes residentes en el país, de recibir por parte del Estado una Educación.
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Ley 28 de 1998, Juntas Regionales
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Ley 47 de 20 de Nov. de 1979, Escala Salarial
El personal que imparte enseñanza, o dirige, u organiza o supervisa en instituciones educativas oficiales bajo la dependencia del Ministerio de Educación, tendrá la denominación común de Educador y estará sujeto a la clasificación y remuneración que establece la ley.
Salarios
La escala de sueldo del educador consta de 22 grados, de conformidad con los estudios realizados (Titulos), responsabilidades y esfuerzos inherentes al cargo.