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Es un impuesto general al consumo tipo valor…
RA 3
ITEBIS
Es un impuesto general al consumo tipo valor agregado que se aplica a la transferencia e importación de bienes industrializados, así como a la prestación de servicios. En otros países este impuesto es llamado Impuesto al Valor Agregado (IVA).
RESPONSABLES POR EL PAGO
Las personas físicas (profesionales liberales, negocios de único dueño) y personas jurídicas (SRL, EIRL y no lucrativas privadas), nacionales o extranjeras que realicen transferencias, importaciones o prestación de servicios gravados.
TASA DEL IMPUESTO
En cumplimiento con lo establecido en los párrafos I y II del art. 23 de la Ley 253-12, se informa a los contribuyentes que la tasa del ITBIS a aplicar a las transferencia de bienes gravadas y/o prestación de servicios a partir del 2016 será del 18%.
FECHA DE PRESENTACIÓN Y PAGO
La declaración y pago de este impuesto deberá realizarse en el transcurso de los primeros 20 días del mes siguiente al período declarado (por ej.: el mes de enero debe presentarse y pagarse antes del 20 de febrero). En la importación se paga conjuntamente con los aranceles o impuestos aduaneros.
QUE PASA SI PAGO DESPUÉS DE LA FECHA ESTABLECIDA Si paga después de la fecha límite se le aplicará un 10% de recargo por mora sobre el valor del impuesto por el primer mes o fracción de mes, y un 4% progresivo e indefinido por cada mes o fracción de mes subsiguiente, además de un 1.10% acumulativo de interés indemnizatorio por cada mes o fracción de mes.Nota: El incumplimiento de los deberes formales, tales como la no presentación de la Declaración Jurada, suministrar información falsa o inexacta, entre otros, se penaliza con multas de cinco (5) a treinta (30) salarios mínimos.
¿Porqué pagar impuestos?
Pagar impuestos es un deber de conciencia y se relaciona a la práctica de valores ciudadanos como: responsabilidad, honestidad y solidaridad, los cuales son básicos para asumir el compromiso de contribuir con el Estado.
HISTORIA DEL ITEBIS
fue introducido en nuestro país en enero del año 1983 con el objetivo de aumentar los ingresos del gobierno y disminuir la dependencia de la tributación directa.
SERVICIOS GRAVADOS
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BIENES Y SERVICIOS EXENTOS
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*Carnes, pescados, leche, huevos, miel
*Legumbres, hortalizas, frutas
*Cereales, harinas, granos
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*Financieros, incluyendo seguros
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*Electricidad, agua, recogida de basura
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DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS : es la institución que se encarga de la administración y/o recaudación de los principales impuestos internos y tasas en la República Dominicana.
LIBRO DE BIENES DE INVERSIÓN : es un documento contable que puede tener el carácter de libro obligatorio y que tiene como fin registrar las cuentas del inmovilizado material e inmaterial amortizable
funciones
ayudar a tener un registro fiel y ordenado de la situación de determinadas cuentas que existen en nuestra empresa.
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Los procesos de amortización, que normalmente se dan en los activos fijos, se dan debido al desgaste o deterioro de las cosas. Como es evidente, las cosas pierden valor con el paso del tiempo, ya sea por desgaste fiísico como una silla o tecnológico como un ordenador
QUE INCLUYE EL LIBRO DE BIENES DE INVERSION
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Valor inicial, valor residual y valor a amortizar (es la diferencia entre el valor inicial y el residual)
cada año de vida del bien de inversión anotaremos la base de amortización, la cuota de dicha amortización, la amortización que realmente se ha practicado y la amortización acumulada (es la suma de las amortizaciones de los años que lleva en funcionamiento el bien) y el valor pendiente. Este último es la diferencia entre en valor inicial del bien y la amortización acumulada hasta la fecha.