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Ra3 (El ITBIS: (Exenciones para el pago de este impuesto (Bienes exentos:,…
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- Pescados, leche, carne, huevo, miel
*Cereales,harina,grans
- Lácteos excepto (yogurt y mantequilla)
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*Cacao en grado, crudo o tostado, partido o tostado.
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Es un impuesto general al consumo tipo valor agregado que se aplica a la transferencia e importación de bienes industrializados, así como a la prestación de servicios. En otros países este impuesto es llamado Impuesto al Valor Agregado (IVA).
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El ITBIS desde enero de 1983 se introdujo en el país con el objetivo de aumentar los ingresos del gobierno y disminuir la dependencia de la tributación directa y a partir de su creación la base imponible ha sido modificada, incorporando de manera gradual diferentes bienes y servicios.
Hace poco la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) que es la institución que se encarga de la administración y/o recaudación de los principales impuestos internos y tasas en la República Dominicana lanzó una campaña de educación orientada a los usuarios para ayudar a transparentar las operaciones de empresas fomentando la cultura de servicio.
El código Tributario (ley 11-92) es que establece el ITBIS y la ley 253-12 (Ley para el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado para la Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo Sostenible) establece que este impuesto se pagará con una tasa de 18% para los años 2013 y 2014, y que partir del 2015 se reduciría a un 16% , pero esta reducción estaba condicionada a que se cumpliera con la meta de la presión tributaria, al no cumplirse, el ITBIS se mantiene con una tasa de 18%.
Además A partir del 2016 se establece una tasa reducida del 16% del Impuesto a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) para los bienes derivados de lácteos, de grasas animales o vegetales comestibles, derivados de azúcares y de cacao y 6chocolate según se citan en el cuadro del párrafo II del art. 23.
- planes de pensiones y jubilaciones
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- Transporte terrestre de personas y de carga
- Financieros incluyendo seguros
- Electricidad, agua y recogida de basura
- Salones de belleza y peluquería
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La declaración y pago de este impuesto deberá realizarse a más tarde el día 20 de cada mes.(Ejemplo...:enero la declarar y pagar en los primeros 20 días de febrero). En la importación se paga conjuntamente con los aranceles o impuestos aduaneros.
Los contribuyentes deberán presentar su declaración jurada mediante el formulario IT-1 a través de dos modalidades:
- En la oficina virtual de impuesto Internos.
- En las administraciones locales de la DGII
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