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LEY 1774 (ARTíCULO 8°. (Aprehensión material preventiva, Retención…
LEY 1774
ARTíCULO 8°.
Aprehensión material preventiva
Retención Preventiva
Cuando se tenga
conocimiento
indicio de la realización de conductas
constituyan maltrato contra un an
bienestar físico
ARTíCULO 2°.
Muebles
Muebles son las que pueden transportarse
sí mismas como los animales
Exceptúense las que siendo muebles por naturaleza
reputan inmUebles por su d
ARTíCULO 3°.
tienen la responsabilidad de tomar parte activa en la prevención
violencia contra los animales
acto injustificado de violencia o maltrato contra estos
denunciar aquellos infractores
Que no sufran hambre ni sed
Artículo 6°.
Artículo 37.
Código de Procedimiento Penal
siguiente tenor
Jueces Penales Municipales
los delitos contra los animales
ARTíCULO 7°.
Desarrollo Sostenible
Corporaciones Autónomas Regionales
urbanos a los que se refiere el arlículo 66
Ley 768 de 2002
la Unidad
Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales
ARTíCULO 10
Ministerio de Ambiente
manejo animal
bienestar de los animales
pedagógicas para cambiar
desarrollar campañas
ARTíCULO 1°.
animales como seres sintientes no son cosas
recibirán especial
protección
establece un procedimiento sancionatorio
arácter policivo
yjudicial.
ARTíCULO 9°.
Las sanciones establecidas
el presente arlículo se impondrán
sin perjuicio de
las sanciones
otra ley establezca
ARTíCULO 4°.
con multa de
cinco (5) a cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
título XI-A del Código Penal
Los actos dañinos y de crueldad contra los animales