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PROCESO ORDINARIO Y SU TRAMITACIÓN, NOMBRE: JHOVANA ALI ARUNI SEDE:EL…
PROCESO ORDINARIO Y SU TRAMITACIÓN
DEBERES DE LAS PARTES Y REPRESENTANTES
Son deberes de las partes y de las o los representantes
Guardar respeto y decoro a la autoridad judicial y a las partes, abogados y servidoras auxiliares de justicia.
acatar las ordenes de la autoridad judicial durante el desarrollo del proceso y concurrir a las audiencias y otras actuaciones judiciales.
Abstenerse de usar expresiones agraviantes, difamatorias o temerarias en el ejercicio de sus derechos
evitar el uso de recursos dilatorios que obstaculicen el curso normal del proceso.
proceder con veracidad, honestidad, lealtad y buena fe en todos sus actos e intervenciones en el proceso.
realizar las diligencias establecidas por ley dentro de los plazos procesales.
EMBARGO PREVENTIVO
El acreedor de una obligación en dinero o en especie podrá pedir embargo preventivo
el crédito constare en documento publico o privado reconocido
cuando el deudor no tuviere domicilio en el territorio del estado
el coheredero el condómino y el socio con respecto a los bienes de la herencia
CONTESTACIÓN
En la contestación la parte demandada observara los siguientes requisitos
expondrá con claridad y precisión los hechos que alegare como fundamento de su defensa.
acompañara la prueba que le incumba e indicara las demás que pretendiere diligenciar, señalando expresamente que hechos pretende demostrar.
deberá pronunciarse sobre los hechos alegados en la demanda, sobre la autenticidad de los documentos acompañados, cuya autoría le fuere atribuida y su contenido.
podrá oponer excepciones previas señaladas en el articulo 128 de este código.
la presentara por escrito, observando las formas previstas para la demanda en el plazo de trenta dias contados a partir de la citación
AMPLIACION Y MODIFICACION DE LA DEMANDA
Podrá ser ampliada o modificada hasta antes de la contestación
si después de la contestación sobreviene algún hecho nuevo que influya sobre el derecho pretendido por las partes en el proceso
DEMANDA
Si la demanda no se ajusta a los requisitos señalados en el art.110 se dispondrá la subsanación de los defectos en plazo de tres días
si fuere manifiestamente improponible se la rechazara de plano en resolución fundamentada.
en la demanda con pretensión múltiple deberán concurrir los siguientes requisitos:
las pretensiones no sean contrarias entre si, salvo el caso de que una se proponga como alternativa de la otra.
todas puedan sustanciarse por el mismo procedimiento.
se trata de pretensiones múltiples deberán concurrir algunos requisitos
bajo apercibimiento en caso contrario de tenerse por no presentada aquella.
INTERVENCIÓN JUDICIAL
La intervención con facultades de administracion
tendrá la facultad de coadministrar con el administrador natural o sustituirlo.
podrá ordenarse a pedido de un socio
ALLANAMIENTO A LA DEMANDA
La parte demandada a tiempo de contestar, podrá allanarse a la demanda, aceptando la pretensión de la parte actora
no sera admisible el allanamiento si el objeto de la pretensión es de orden publico,
si se tratare de derechos indisponibles o si los hechos en que se funda la demanda no pudieren ser probados por confesión.
si el allanamiento a la demanda fuere total, se pronunciara sentencia sin necesidad de otra prueba ni tramite, y si fuere solo parcial se tendrá por probada en la parte allanada, debiendo proseguir la sustentación en lo demás .
CLASES DE DOCUMENTOS PRIVADOS
Tendra valor, autenticidad y eficacia de documento publico cuando hubiere sido declarado como reconocido por autoridad judicial
PRUEBA PERICIAL
Sera admisible cuando la apreciación de los hechos que interesan al proceso
La parte demandada al ser citado podrá:
reconvenir
actitud expectativa
Plantear Excepciones
allanarse a la pretensión
contestar negativamente
CLASES DE DOCUMENTOS
mercantil
digitalizado electrónico
CLASES DE DOCUMENTO PUBLICO
El documento publico es:
el otorgado por funcionario autorizado en ejercicio de su cargo.
La escritura publica y demás documentos otorgados por o ante notaria de fe publica.
DECLARACIONES DE TESTIGOS
Toda persona mayor de diesiseis años podra ser propuesta como testigo y tendrá el deber de comparecer y declarar
CITACIÓN
tiene por objeto poner en conocimiento de la parte demandada la existencia formal de la demanda para que este a derecho.
se practica bajo responsabilidad, en el plazo máximo de diez días computados a partir de la admisión de la demanda,salvo caso de fuerza mayor u orden expresa en contrario.
EMPLAZAMIENTO
Es la convocatoria a la parte demandada para que comparezca ante la autoridad judicial con objeto de realizar un acto procesal determinado dentro del plazo legal o judicial.
si la parte demandad tuviere domicilio en otro ciudad o poblacion el emplazamiento se practicara observando las formalidades establecidas para las notificaciones fuera del asiento judicia. En este caso se agregara el plazo de la distancia previsto en nuestro código
si la parte demandad se encuentra fuera del país, sera emplazado mediante exhorto suplicatorio librado a la autoridad del lugar donde estuviere domiciliario.
si la parte demandada tuviere su domicilio en la ciudad o población donde se tramita el proceso el emplazamiento se practicara observando las formalidades previstas para las notificaciones que se realizan dentro de la jurisdicción de la autoridad judicial que conoce la causa
MEDIDAS CAUTELARES ESPECIFICAS
Anotación Preventiva
si la sentencia de primera instancia es favorable a la parte que solicito
procederá sobre derechos de propiedad de bienes e inmuebles sujeto a registro
EFECTOS DE LA CITACIÓN
La citación con la demanda o con la reconvención producirá los siguientes efectos
da lugar a que los intereses legales corran desde el dia de la citación
determina la mora del deudor
interrumpe la prescripción
obliga a la restitución de los frutos percibidos por el poseedor a partir de esa fecha.
la parte demandada es prevenida con la demanda y no podrá ser citada por otra autoridad judicial sobre el mismo asunto.
los demas efectos juridicos establecidos por ley.
la persona citada tiene la carga de comparecer o constituir apoderado y señalar domicilio bajo apercibimiento de los que en derecho corresponda.
si practicada la citación, falleciere la parte demandada antes de la contestación, se citara a los herederos en la forma señalada en este código bajo pena de nulidad.
es nula toda renuncia a la citación con la demanda o la reconvención
PROCESO CAUTELAR
Se ordenaran cuando la autoridad judicial estime que son indispensables.
EXCEPCIONES PREVIAS
Demanda Interpuesta antes de vencido el plazo o cumplida la condición
cosa juzgada
Desistimiento del Derecho
Transacción o conciliación
Prescripción o caducidad
Emplazamiento a terceros
PRUEBA
Por principio de verdad material, la autoridad judicial en relacion a los hechos alegados por las partes , averiguar la verdad material
las afirmaciones de hecho efectuadas que fueren relevante o controvertidas deben ser aprobadas.
También requieren prueba los hechos expresa o tácitamente admitidos, si así lo dispone la le.
PRUEBA DOCUMENTAL
documentos otorgados en el extranjero
los documentos públicos otorgados en el extranjero debidamente legalizados
como deben presentarse
los documentos serán presentados en originales
Presentacion
sera presentada por parte a quien interesa o cuando la autoridad judicial así lo requiere
RECONVENCIÓN
La parte demandada podrá reconvenir en el mismo escrito de contestación observando en lo pertinente los mismos exigidos para la demanda.
la parte demandante podrá ampliar o modificar su reconvención solo hasta antes de la contestación.
la reconvención se sustentara y resolverá junto con la demanda principal.
la reconvención sera admisible solo en preceso ordinarios siempre que corresponda a la competencia de la autoria judicial.
LA CONFESIÓN
cuando las partes admiten total o parcialmente la veracidad de un hecho
TRAMITE DE LAS EXCEPCIONES
Las defensas sobrevinientes fundadas en hechos nuevos y dirigidos al fondo de la causa, deberán justificarse con prueba pre constituida y podrá oponerse en cualquier estado de la causa.
planteadas las excepciones previas serán corridas en traslado al demandante para que las conteste en 15 días
Las excepciones previas serán resueltas en la audiencia preliminar al tiempo del saneamiento del proceso
La autoridad judicial podrá declarar aun de oficio, la incompetencia, la incapacidad del actor o de su representante, la cosa juzgada y la transacción.
EXCEPCIONES PREVIAS
Incompetencia de la autoridad judicial
Falta de legitimación o interés legítimo
Litispendencia
Incapacidad de la parte demandante o impersonería de su apoderado
CARGA DE LA PRUEBA
Quien pretende un derecho debe probar los hechos impeditivos.
Quien contradiga la pretensión de su adversario
debe probar los hechos impeditivos, modificativos o extintivos del derecho de la parte actora.
la carga de la prueba que presenta el código
impone a las partes no impedirá la iniciativa probatoria de la autoridad judicial
EXTENSIÓN DE LA PRUEBA
No quieren prueba
los hechos evidentes cuya existencia se acredite por si misma
las presunciones establecidas por la Ley.
los hechos notorios, conocidos por la generalidad de las personas salvo que constituyan el fundamento de la pretensión y no sean admitidos por las partes.
los hechos admitidos por la parte adversa salvo las limitaciones
PRUEBAS
PRODUCCIÓN DE PRUEBA
serán producidas en audiencias, conforme a lo dispuesto para cada proceso en particular, salvo disposición contrario
PRUEBA FUERA DEL ASIENTO DEL JUZGADO
cuando las pruebas tengan que producirse fuera del asiento del juzgado la autoridad judicial podrá trasladarse para recibirla.
RECHAZO DE LA PRUEBA
Determinado los hechos a probar la autoridad judicial rechazara de oficio a la petición de parte
de la misma manera a tiempo de dictar sentencia podrá desestimar las pruebas pertinentes al objeto del proceso
las pruebas legalmente producidas en un proceso tendrán la misma validez y eficacia
MEDIOS DE PRUEBA
se considera medios legales de prueba los documentos y firmas digitales y los documentos generados mediante correo electrónico.
las partes pueden valerse de cualquier otro medio de prueba no prohibido expresamente por la Ley, y que consideren conducente a las demostraciones de sus pretensiones.
Son medios legales de pruebas, los documentos la confesión,las declaraciones de testigos, la inspección judicial, la reconstrucción de los hechos, el peritaje y la prueba por informe.
TACHAS RELATIVAS
quien tuviere interés directo o indirecto
el dependiente de la parte que la ofreciere
los pupilos por su tutores y viceversa
El pariente en linea directa asi como el pariente colateral
ser deudor o acreedor de alguna de las partes
INSPECCION Y RECONSTRUCCION DE HECHOS
reconstrucción de los hechos
observando el procedimiento anterior
Inspección
la autoridad de oficio o a petición de las partes
PRESUNCIONES
So aquellas fijadas por el legislador
PROCESO CAUTELAR
Podrán solicitarse antes de la demanda o de la sustanciación del proceso
PRUEBA POR INFORME
Los documentos salvados por entidades publicas o privadas
EJEMPLO DE PRESUNCIONES
iuris tamtum
MEDIDAS CAUTELARES GENÉRICAS
fuera de los casos previstos quien tuviere fundado motivo para temer
MEDIDAS PROVISIONALES Y ANTICIPADAS
La autoridad judicial en estos casos dispondrá se haga el deposito judicial del producto
BIENES INEMBARGABLES
Las prendas de uso personal y los muebles son indispensables
NOMBRE:
JHOVANA ALI ARUNI
SEDE:
EL ALTO
SEMESTRE:
SÉPTIMO
MATERIA
: DERECHO PROCESAL CIVIL